viernes, 16 de noviembre de 2012

Observaciones a la Ley de Bosques y a su Reglamentación, por Greenpeace

Bosques en ejidos municipales
La reglamentación del artículo 11 de la Ley provincial 2.780 de Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de la Provincia  de Neuquén establece que la categorización en los ejidos municipales ponderará los criterios del Anexo I de la normativa provincial teniendo en cuenta las “variables urbanas” y la “necesidad de desarrollo urbano de la localidad”.
Esta aclaración resulta innecesaria, puesto que estos aspectos ya fueron incluidos en el criterio IV del Anexo I de la ley, donde se establece que serán clasificados en la Categoría III (verde) los bosques nativos que puedan demandar el cambio de uso de suelo por “crecimiento urbano de alto impacto” y “loteos preexistentes”.
En consecuencia, estos aspectos ya fueron evaluados y ponderados con el resto de los criterios del Anexo I de la Ley provincial  2.780 para la realización de la zonificación de bosques.
Es importante aclarar que estos criterios urbanísticos no forman parte de los “Criterios de Sustentabilidad Ambiental para el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos” establecidos en el Anexo de la Ley nacional 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos.
Urbanizaciones en bosques clasificados en la Categoría II (amarillo)
En concordancia con lo dictado por el artículo 14 de la Ley nacional 26.331, el artículo 37 de la Ley provincial 2.780 establece que “no podrá autorizarse cambios del uso del suelo en las Categorías I (rojo) y II (amarillo)”.
Por su parte, el artículo 3 de la normativa provincial, en coherencia con lo dictado por el artículo 4 de la ley nacional, define al cambio de uso del suelo como “toda actuación antropogénica que haga perder al bosque nativo su carácter de tal, determinando su conversión a otros usos del suelo tales como: la agricultura, la ganadería, la forestación, la construcción de presas o el desarrollo de áreas urbanizadas, entre otros”.
Si bien el artículo 19 de la Ley provincial 2.780 autoriza en la Subcategoría Amarillo Urbano el desarrollo de Infraestructura Edilicia de Bajo Impacto “respetando el principio mantener la funcionalidad  del sistema boscoso”;  en cumplimiento con lo dictado por las normativas nacional y provincial, el mismo no debe implicar el desarrollo de un área urbanizada.
En ese sentido, tanto la normativa provincial como  nacional establecen claramente que el desarrollo de urbanizaciones sólo está permitido en bosques clasificados en la Categoría III (verde), previo Estudio de Impacto Ambiental y Audiencia Pública.
Cambios en el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos
El artículo 13 de la Ley provincial 2.780 establece que la zonificación podrá ser ajustada por la Autoridad de Aplicación, con la intervención del Consejo Consultivo de Bosque Nativo, “en la medida que se disponga y acredite información de mejor calidad, o de mayor detalle a escala de cuenca, subcuenca o predial”.
La reglamentación de este artículo dicta que dichas recategorizaciones serán aprobadas mediante Resolución Ministerial, “debiendo emitir Dictamen Técnico y Jurídico que fundamente dicha decisión”, tras evaluar su impacto económico, ambiental y social, “sin perjuicio de los lineamientos establecidos en el Anexo de I de la Ley”.
Esto implica que las recategorizaciones deberán cumplir estrictamente los criterios establecidos en el Anexo I de la norma  provincial.
Cabe advertir que la normativa nacional no permite  realizar recategorizaciones prediales de los Ordenamientos Territoriales de Bosques Nativos, y su reglamentación dicta que la actualización de los mismos deberá hacerse  “cada cinco (5) años a partir de la aprobación del presente Reglamento, conforme las pautas que al efecto determine la Autoridad Nacional de Aplicación, con participación de las Autoridades Locales de Aplicación”.
Sobre este aspecto, en su artículo 14 la normativa  provincial establece que el ordenamiento “deberá ser actualizado por la autoridad de aplicación cada cinco (5) años con la realización del Inventario Provincial de Bosque Nativo, con la intervención del Consejo Consultivo de Bosque Nativo creado en el artículo 51 de la presente Ley”.
Resulta importante aclarar que los cambios en el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos deben respetar los objetivos de la  Ley nacional 26.331, establecidos en su artículo 3:  “a) Promover la conservación mediante el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos y la regulación de la expansión de la frontera agropecuaria y de cualquier otro cambio de uso del suelo; b) Implementar las medidas necesarias para regular y controlar la disminución de la superficie de bosques nativos existentes, tendiendo a lograr una superficie perdurable en el tiempo”.
En ese sentido, la Ley nacional de Bosques es clara en cuanto a que los cambios a realizarse en el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos no deben implicar una disminución de las categorías de conservación, y por ende, de la superficie boscosa.

Campaña de Bosques
Noviembre de 2012

Especialistas de Greenpeace explicaron detalles de la reglamentación de la Ley de Bosques

Organizado por la Asamblea Ciudadana se realizó ayer una nueva charla-debate sobre los impactos sociales de megaemprendimientos y sobre el análisis de la reglamentación de la Ley de Bosques. La misma estuvo a cargo de la socióloga y militante ecologista Marisa Bilder y del Coordinador de la campaña Bosques para Argentina, Hernán Giardini.
Giardini, adelantó ayer en una entrevista realizada en FM andina que la reglamentación del artículo N° 11de la Ley de Ordenamiento territorial de los Bosques Nativos, de la provincia de Neuquén, “contiene artículos que dejan ventanas o tiene poca claridad. Lamentablemente la reglamentación que tendría que haber servido para clarar, ha dejado algunos puntos oscuros. Para eso hemos elaborado un documento –ver aparte-”.
Para dejar en claro las implicancias y los alcances de la Ley de bosque, indicó: “es ridículo que alguien que quiere hacer una casa tenga que presentar un estudio de impacto Ambiental. Eso no se hace y no se debe hacer.  Hoy no está parada la construcción, ni la delegación de Bosque le van a pedir eso, hay que desmitificar. Todo cambian cuando se pretende desmontar 10 o 15 hectáreas.
Al respecto, indicó que desde el gobierno provincial se hace esto, que es innecesario, para que el grueso de la gente se oponga a la Ley.
Por otro lado, marcó una “contradicción” que tiene la Ley: “La ley provincial dice que en la categoría amarilla y roja, no se pueden hacer desmontes para agricultura, ganadería o emprendimientos inmobiliarios, pero la ley provincial deja abierta una posibilidad porque establece que se pueden hacer construcciones de bajo impacto, o sea respetando el sistema boscoso. En análisis que nosotros hacemos es que se puede hacer una casa pero eso no es una urbanización, la diferencia es que una urbanización implica calles y varias casas juntas”.
Si bien Giardini se mostró a favor de la realizaron de “correcciones” en los mapas actuales, aclaró que solo se deberían hacer cuando fueron “errores Cartográficos”, “cuando los trazos afectaron zonas comprensibles como las orillas de los arroyos que ya se encuentran intervenidas”.

Acción de Greenpeace
Al ser consultado sobre la invasión a la propiedad privada de los desarrolladores del proyecto del Golf y la pintada realizada en el lugar, el especialista sostuvo: “Nosotros con esa actividad, como muchas de las que hacemos cuando entramos a una propiedad privada para parar una topadora, estamos cometiendo un delito menor que sirve para que mucha gente se entere lo que está pasando.
Las actividades son pacíficas, confrontativas  pero pacíficas y no tratan de dañar, ni los bienes, ni las personas. Pueden gustar o no, pero no nos arrepentimos porque gran parte de estas acciones han servido para que ese reglamenta la Ley. Tenemos claro que mucha gente no le gusta, pero da resultados”.
Por último comparó la pintada realizada por los activistas en el showroom del proyecto del golf como pintada que realizaron en el cartel de la Casita de la Oma y dijo: “lo nuestro fue a cara descubierta y nos hacemos cargo; lo otro fue anónimo. Nosotros nos hacemos cargo, otros no y eso es una cobardía”.



Fuente: Diario andino

jueves, 1 de noviembre de 2012

Los Bosques del Sur

   El Bosque subantartico Andinopatagónico y sus variaciones ... Un paseo por el Paraiso Frío ...   Flora y Fauna de los Bosques del Sur ...     Arboles de  porte enorme... (entre ellos ejemplares milenarios...) como  Alerces, Coihues, Araucarias,, Roble pellin, Raulies, Guindo o Cohiue de Magallanes, Ten, Maiten, Cipres de la Cordillera, Ulmos, Lengas y otros, con un sotobosque de variados arbustos, sub-arbustos y herbaceas, hongos, musgos y liquenes , conformado entre otros por Calafates, Michay. pequeños helechos, helechos arborescentes, cañas Colihue, lianas gigantescas, y enredaderas de hermosas flores, como el pil pil Voqui, la Mutisia, la Mitraria coccinea, los chilcos o Aljabas, el Amancay, las Calceolarias o topa topa, las frutillas, etc. forman parte de las miles de especies que pueblan estos Bosques ... cuyo esplendor estalla !  y se multiplica !  en los sectores  mas húmedos, donde se le denomina Selva Valdiviana ... 
   La Patagonia ... estas tierras comunes a Argentina y Chile en la porción mas austral de America ... tiene como limite hacia el Oeste, el Este y el Sur, los Oceanos Pacifico y Atlantico... su limite Norte es mas difuso ...  pero puede señalarse como coincidente con los limites Norte de las Provincias de Neuquen y Rio Negro en Argentina y la VII región de Chile (Maule) ... Su clima general es templado-frío. La prevalencia de vientos húmedos del Oeste provenientes del Pacífico, tiene gran influencia en la distribución de las precipitaciones de agua y nieve en toda la región... que alimentan mas de 160 lagos de relevancia... En Argentina esas precipitaciones son abundantes en la larga banda al pie de la Cordillera... llegando a 4000 milimetros en la zona de Puerto Blest, pero decrecen en dirección. Este de forma que  en el comienzo de la estepa a solo 60 o 70 kmts. al Este las precipitaciones llegan tan solo a un par de cientos de milimetros al Año, concentradas en la epoca Fría. Esto varia hacia el canal de Magallanes y Tierra del Fuego donde el clima es mas húmedo durante todo el Año... Esos gradientes de precipitaciones son los que condicionan el tipo de vegetación y condicionan que los Bosques Andinopatagonicos o subantarticos de la Provincia fitogeográfica Subantártica, se desarrollen en Patagonia Chilena más generalizadamente y en Argentina en esa estrecha franja Noete-Sur al pie de la Cordillera Andinopatagonica y luego Oeste-Este en los Andes Fueguinos... Al parecer el movimiento de los continentes, determino que la Patagonia fuera el sector de America que mayor tiempo mantuvo una conexión a traves de la Antartida con las tierras que hoy constituyen Oceanía... y es asi que segun el sector de Patagonia que se considere, su vegetación difiere en semejanzas... la vegetación de la zona oriental mantiene similitudes con especies de Sudamerica, pero en el Sudoeste, en la region Andinopatagonica la similitud e interrelación de especies se da con New Zealand en Oceania... ejemplo de ellos son las variadas especies del genero Nothofagus (Fagaceas), arboles que constituyen la base de los Bosques andinopatagonicos...

EL BOSQUE SUBANTARTICO ANDINOPATAGONICO Y SUS VARIACIONES : Dentro de esta denominacion en comun existen variaciones en cuanto especies que lo conforman segun regiones específicas ... asi puede diferenciarse: el Bosque perennifolio de las zonas mas bajas y humedas (Selva valdiviana  muy extensa en Chile),  el Bosque Magallanico, el Bosque de matorral bajo con turberas en las zonas insulares, el Bosque patagonico deciduo presente en el limite altitudinal superior, el Bosque deciduo Chileno en el centro de Chile y en la zona de transición entre los Bosques y la estepa, existe una zona con elementos comunes a ambos que se denomina Ecotono ... Como singularidad de los arboles adultos presentes en estos Bosques deseo señalar que en su generalidad son centenarios ... destacandose ejemplares de Alerces de hasta 3.600 Años, el conocido como “El Abuelo” del P.N. Los Alerces tiene cerca de 2.600 Años ... entre las Araucarias o Pehuenes existen ejemplares datados en 1300 Años... y entre los Cohiues destacan cerca de Pto. Blest los conocidos como “El Abuelo” y “El Hermano Mayor” (mas añejo que el anterior) que superan los mil Años ... entre las Araucarias o Pehuenes existen ejemplares datados en 1300 Años... La Fauna de estos bosques es variada ...  ademas del huemul, la integra el pequeño Pudu, el Kongoy o monito de monte, los Zorros gris y colorado, el Guanaco, el Huillin o lobito de río, el Huiña o gato montes, el Puma, y otros. Entre las aves el Picaflor rubí,  el Carpintero Gigante patagonico, el rayadito, el Chucao, Huet Huet, Zorzal patagonico, Paloma Araucana, Condores, el Aguila escudada , las Cachañas y su variación el Choroy, que son las dos especies de loros más australes del mundo... Entre las aves acuaticas destacan el Maca Grande, el Maca Tobiano y varias especies de patos y de Cauquenes (Gansos patagonicos).   Por N.B.P. de Fuentes :info propia con respaldo en  “Plantas de Patagonia” por Barthelemy-Brion-Puntieri Fotos web y propias  - 
Enlaces a Provincia Fitogeografica Subantartica  y  Selva Valdiviana  en: http://es.wikipedia.org/wiki/Bosque_andino_patag%C3%B3nico   http://es.wikipedia.org/wiki/Distrito_fitogeogr%C3%A1fico_Subant%C3%A1rtico_Valdiviano    

De Nelson.