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ong ALERTA ANGOSTURA
RESEñA SINTÉTICA DE ACONTECIMIENTOS RELACIONADOS A LA LICITACIÓN DE LAS
PISTAS PROVINCIALES
FECHA EMISOR DESTINATARIO MOTIVO / CONTENIDO COMENTARIOS
Nov/1985 Cámara de Diputados de la Nación
Ley 23.290
* Art. 2°- El área que resulta segregada a raíz de la modificación de los límites del Parque Nacional Nahuel Huapi se desafecta del dominio público nacional y se transfiere, a título gratuito, a la Provincia del Neuquén sujeto al cargo que se expresa en la presente ley.
Art. 3° Los cargos son: a) no enajenación; b) construir o posibilitar que los construya... un centro de deportes Invernales (esquí); c) las obras de infraestructura turística necesarias.
Art. 4° - Sin perjuicio de aprobación de los planos...; d) deberá darse intervención a la Dirección de Parques Nacionales; e) la Provincia deberá aceptar las observaciones y hacer las modificaciones...;
Art. 5°- La Provincia deberá velar para que no se produzcan alteraciones ecológicas... A tal fin suscribirá con Parques un convenio que asegure preservación ambiental.
Esta Ley se sanciona a raíz de las gestiones iniciadas por la Municipalidad de VLA para lograr la construcción de un centro de esquí, complementario del Cerro Bayo.
Dic/2001 Cámara de Diputados de la Nación
Ley 25.553
* Art. 1°- Copia el Art. 3° de la Ley 19.292 donde constan los límites del Parque Nacional Nahuel Huapi.
Art. 2°- Copia el Art. 2° de la Ley 23.290. Desafecta la zona del Dominio público del Estado Nacional y elimina la frase “sujeto al cargo que se expresa en la presente Ley”
Art. 3°- Deroga la Ley 23.290 Nadie ha fundamentado la modificación de la Ley 23.290, ni la razón para eliminar los cargos. Esta Ley se sanciona en la última sesión del año 2001 (plena crisis política), junto a un paquete de leyes.
Feb/07 Cerro Bayo adquiere el centro de esquí.
30/04/07 Ministro Dotzel Intendente / Presidente H.C.D. Remite pliego de bases y condiciones, disposiciones complementarias y modelo de contrato, "…para que Ud. tome debido conocimiento". No se sabe las razones por la cuales no se informó a la comunidad las condiciones de la licitación.
Ago/2007 * * Se cierra la licitación a pesar del pedido de prórroga de un nuevo interesado. (Sammy Maza)
23/08/07 * * Se concreta la apertura de sobres de la Licitación.
27/08/07 Comisión de Preadjudicación
ACTA * Se reúne la Comisión de Evaluación y dice: "...la Comisión ha recibido copia simple de la presentación original realizada por la UTE Cerro Bayo, organizada en quince biblioratos conteniendo doscientas fojas cada una, una caja conteniendo planos diversos y siete paneles que exhiben imágenes y croquis sobre el desarrollo del proyecto presentado". "...solamente se redactará un Dictamen final de Admisibilidad y Precalificación al término de las tareas de evaluación asignadas."
29/08/07 Ministro Dotzel Presidente HCD "Si bien el predio se encuentra ubicado fuera del ejido de Villa La Angostura, los proyectos respetarán las reglamentaciones de la Municipalidad de Villa La Angostura, en especial las correspondientes a usos y ocupación del suelo, morfología edilicia, uso de materiales, etc. Supletoriamente se utilizará la reglamentación provincial". Al conocerse públicamente el contenido del llamado a licitación y la oferta presentada, comienzan a escucharse las primeras expresiones en oposición.
Sep/07 Dir. Gral. de Desarrollo de Productos Turísticos
ANÁLISIS DEL PROYECTO * "…De la lectura global de la documentación se observa en primera instancia, que existen distintos niveles de desarrollo de las diferentes etapas propuestas en el programa, como asimismo algunos datos contradictorios en las mismas, memorias, especificaciones, documentación gráfica, etc. Se pueden resumir en tres rubros: El planteo general de los medios de elevación y parte de sus servicios específicos, se presenta en este caso como el más acabado y preciso en su desarrollo, luego el anteproyecto de la hotelería y servicios, (motivo de este análisis en particular), con un nivel intermedio, y por último el de servicios y equipamiento complementario…" "No obstante en base a toda la propuesta descripta, se advierte a priori una capacidad edilicia sobredimensionada, tanto en alojamiento como en equipamiento y servicios, en relación a los medios de elevación totales, sumado a ello el impacto que puede generar en el paisaje y suelo, la alta densidad la masa de edificación propuesta y las mallas de redes de servicios de infraestructura que conlleva".
20/09/07 Dir. Gral. de Bosques Provinciales
INFORME TÉCNICO DEL PROYECTO * "...Evaluado el mínimo material aportado para su análisis, se desprende que el nivel de intervención en el bosque, es de gran intensidad". "...Uno de los mayores valores paisajísticos de la zona es justamente el BOSQUE". "…Se aconseja que la superficie de bosque a desmontar para las construcciones, las pistas a habilitarse, caminos, etc., no sea mayor a un 30%, ...siempre y cuando el Estudio de Impacto Ambiental, asegure la perpetuidad de dicho recurso". "...no consta un plan de prevención y lucha contra incendios forestales, necesario para aprobación del proyecto". "...Para mayor precisión es necesario un relevamiento de la zona, de un equipo interdisciplinario, que abarque el medio ambiente, bosques y agua, para definir aspectos del proyecto que no se pueden determinar con la documentación presentada". "...En lo referente a la construcción de viviendas individuales en todo el lote, ...se infiere que no se ha tenido en cuenta la superficie que abarcaría cada una de ellas, aumentando la superficie boscosa desmontada,..."
25/09/07 Dir. Prov. De Medio Ambiente
(Dir. de Proyectos Urbanos Ambientales)
INFORME TÉCNICO DEL PROYECTO * "…Cabe aclarar previamente que el documento que forma parte de la oferta, puesto a nuestra consideración (carpeta 15, sobre 1), no reúne los contenidos mínimos establecidos en la Ley 2267 y su reglamentación, para ser considerado un Informe Ambiental o Estudio de Impacto Ambiental, por lo tanto no son plausibles de ser evaluados como tales. ...el documento en consideración no contiene planos del proyecto y los mapas son ilegibles". "...Las consideraciones ambientales incluidas en los pliegos resultan ambiguas, confusas..." "...La región de los lagos se caracteriza por su gran fragilidad dada por las condiciones naturales en cuanto a pendientes, suelos, escorrentías superficiales, precipitaciones, frondosos bosques y sotobosques de valiosas especies, etc. Cualquier intervención en este ambiente inicia procesos de erosión eólica e hídrica que generan inestabilidad ambiental de difícil manejo; por lo tanto se impone la necesidad de contar con un detallado Estudio de Impacto Ambiental y un adecuado Plan de Gestión Ambiental, donde se extremen las medidas preventivas, sobre todo para el resguardo del suelo y la vegetación, que cumple una importante función en la protección de las laderas, evitando la erosión." "No se desprende del pliego que alcance tendrá el Subproyecto 2 (desarrollo urbanístico) en cuanto a usos, densidades, indicadores, superficies mínimas y máximas construidas, ...Sin embargo, por sus características, es el que generará mayores impactos." "Desde nuestra perspectiva, la propuesta de desarrollo urbanístico para la cota 1100 resulta muy densa, con multiplicidad de actividades y una excesiva oferta de pax de alojamiento turístico. Además de éste en diversas modalidades, está previsto allí la construcción de centros comerciales, universidad, cines, centro de convenciones, pista de patín, cancha de golf, edificios de servicios para esquiadores y visitantes, estacionamientos cubiertos y abiertos, etc. incluso viviendas individuales en la margen izquierda del Río Bonito; ...en una zona de importantes bosques y escorrentías superficiales. "Entre la cota 1100 y 1400 se proponen viviendas dispersas, ...Para su funcionalidad durante todo el año deberán construirse caminos, senderos, redes de servicios, etc., lo cual producirá un fuerte impacto en el bosque de coihue, lenga y su sotobosque, en las escorrentías superficiales y la estabilidad del suelo. En este sector el impacto previsible se potenciará por la extravagante forma de computar las superficies de suelo solicitadas en propiedad, cuyos efectos se trasladarán al entorno durante las etapas constructiva y operativa de esas viviendas. Por lo tanto, desde la perspectiva ambiental resulta inaceptable esta propuesta, ya que en realidad, multiplica el área impactada con el proyecto urbano por encima de las 100 Ha previstas en el pliego. Por otro lado, un primer análisis indicaría que la capacidad de remonte de los medios a instalar se cubriría con el alojamiento previsto y los servicios ofrecidos en la base del cerro, permitiéndole funcionar independientemente de Villa La Angostura. Esto invalida, a nuestro criterio, el primer objetivo planteado en la presentación de la oferta, ya que en lugar de ser un proyecto complementario de la Villa, que potencie su desarrollo y fortalecimiento como destino turístico, se transformará en competitivo. Finalmente, tampoco se ha demostrado la factibilidad para la provisión de los distintos servicios (agua para distintos usos, energía eléctrica, gas, tratamiento de efluentes, disposición final de residuos, etc.), aspectos estos de singular importancia en cuanto a la sustentabilidad ambiental del proyecto." En síntesis, consideramos que el subproyecto 2, cuanto menos, requeriría de una revisión y adecuación, en tamaño y calidad de proyecto, atendiendo a las particulares características del medio en el cual se implantará, para lograr una propuesta sustentable desde lo natural, social y económico, y que potencia el desarrollo integral de Villa La Angostura."
29/08/07 ALERTA ANGOSTURA ASAMBLEA PÚBLICA Asamblea Popular con exposición y debate en el Centro de Convenciones.
La exposición se basó en lo que hasta ese momento era de público conocimiento: El contenido de los pliegos y condiciones del llamado a licitación; y las exposiciones públicas realizadas por la UTE Cerro Bayo S.A, en donde fue presentado el proyecto acompañado de paneles que graficaban la implantación de la infraestructura proyectada. Prácticamente el 100% de las advertencias sobre las consecuencias ambientales y socioeconómicas que formuló Alerta Angostura, fueron luego ratificadas y ampliadas en los informes de los integrantes de la Comisión Evaluadora.
01/10/07 Partido Justicialista Comunicado Público en Angostura Digital “Por último estamos convencidos que hoy por hoy, así como está presentado el proyecto, no sería viable, que tal vez se deba buscar una postura intermedia, de menor magnitud en cuanto a las inversiones necesarias, en un principio para potenciar el Centro Invernal existente y por otro lado las pretensiones de los inversores.”
02/10/07 Concejo Deliberante * Reunión de Concejales con la Comisión Evaluadora, en la Ciudad de Neuquén.
02/10/07 Línea Verde del MPN Comunicado Público en Angostura Digital "Por lo expuesto creemos razonable la confección de un nuevo pliego de licitación y posterior llamado, consensuado con el pueblo de Villa la Angostura ,…”
“Para esto proponemos como medida de acción directa: Peticionar y concientizar, de la gravedad del tema a todos los Diputados de la Legislatura Provincial y en forma particular (o sea: diputado por diputado), para que no se alcancen los dos tercios de votos positivos en la Cámara, evitando así, que se efectivice la cesión a manos privadas de las 100 has. para el desarrollo inmobiliario.”
02/10/07 Dir. Prov. de Recursos Hídricos
INFORME TÉCNICO DEL PROYECTO * Provisión de Agua: "No presentan estudios y/o evaluaciones de caudales disponibles de ninguna de las fuentes".
Tratamiento de Efluentes: "…los lechos nitrificantes y/o el sistema de tratamiento que finalmente se adoptara, se encontrarían en una propiedad pública. Deberá clarificarse la naturaleza jurídica de estas instalaciones a fin de determinar claramente las responsabilidades de los distintos actores en relación a la responsabilidad del agente que vierte el efluente, su control, posibles afectados por funcionamiento deficiente, etc."
03/10/07 Asociación de Hoteles y Restaurantes Comunicado Público en Angostura Digital “Consideramos que la sesión a título gratuito de tierras públicas, no puede constituir un condicionante para el otorgamiento en concesión del nuevo centro de esquí, ya que es evidente que el negocio inmobiliario que esta sesión genera para el adjudicatario de las pistas, lo exime de todo riesgo empresario, al asegurarle una rentabilidad presente y futura, que le permite el recupero del capital invertido bajo cualquier circunstancia, lo que desvirtúa el principio de “Inversión de Riesgo” que cualquier concesión debe tener.”
“En el esquema contemplado en este proceso, esto es, la sesión en propiedad de 100 Has. de tierra como condicionante para la construcción y concesión de un nuevo centro de esquí, se producen como contrapartida, serios desajustes en las reglas de juego de otras actividades ya existentes, como son la comercial, la inmobiliaria y la hotelera, entre otras. Esto hace que los supuestos beneficios comunitarios que aportaría este emprendimiento, se conviertan en un potencial y serio perjuicio para algunos sectores empresarios locales y por ende para una gran parte de la sociedad angosturense que económicamente depende de ellos.”
“En concreto, los propietarios de los inmuebles a construirse en las tierras cedidas, pasarán a ser también, virtuales propietarios del centro de esquí.”
“Por último queremos dejar en claro que la Asociación de Hoteles y Restaurantes de Villa La Angostura, auspicia un crecimiento y desarrollo sustentable para la industria turística en nuestra localidad. Este propósito tiene como condicionante, la no afectación de las bellezas naturales que nos rodean y la preservación de nuestro medio ambiente para el disfrute de las generaciones venideras. En este marco, reiteramos y reafirmamos que la ampliación del actual centro de esquí, o un nuevo centro de esquí en Cerro Bayo,…”
5/10 ALERTA ANGOSTURA ASAMBLEA PÚBLICA Exposición y debate en la Escuela N° 341 con la participación de Concejales electos y Diputados Provinciales. Aún no se tenía conocimiento de los Informes Técnicos de la Comisión Evaluadora
03/10/07 Comunicación N° 33/07
H.C.D. Ministerio de Producción y Turismo
y
Legislatura Provincial "Que; de acuerdo a la información que disponen los Sres. Concejales, el proyecto presentado por los inversores, traería aparejados impactos ambientales importantes, debido a la fragilidad del ambiente en el que pretende emplazarse, dada entre otros por las pendientes del área, la masa boscosa existente en el lugar y que se vería afectada por el emprendimiento inmobiliario.. "Que; si bien el pliego de licitación prevé la aplicación de la legislación municipal, ...los alcances de la misma no quedan claros en tanto su aplicación se haría a destiempo en relación a los pasos del proceso licitatorio." "Que; … no son convenientes vacíos legales como los planteados en el considerando anterior". Que; la urbanización, tal como está planteada en el proyecto, resulta prima facie sobredimensionada en relación a la capacidad de soporte del ambiente receptor,..." "Art. 1°) Manifiéstase la profunda preocupación del H.C.D. de Villa La Angostura respecto de las consecuencias ambientales, económicas y sociales del proyecto..." "Art. 3°) Instase a las autoridades provinciales a no preadjudicar ni adjudicar la concesión objeto de la licitación, hasta tanto no contar con información completa, fidedigna y objetiva respecto de las consecuencias ambientales, económicas y sociales del proyecto presentado..."
04/10/07 Cámara de Comercio Comunicado Público
de Apoyo
en
Angostura Digital “Cuando nos referimos al PROYECTO PISTAS PROVINCIALES, lo hacemos de manera integral, es decir el Centro de Ski y su Desarrollo Inmobiliario. Es una unidad indisoluble, y respetuosamente disentimos con aquellos que pregonan:"no estamos en contra de las pistas, estamos en contra del desarrollo inmobiliario ".Una cosa va de la mano de la otra y viceversa; no se las pueden analizar como si fueran compartimentos estancos. Sencillamente porque si realmente queremos unas pistas de estas características, de primer nivel, con modernos medios de elevación, necesariamente debemos, o generar un desarrollo inmobiliario que permita sostener económicamente el Proyecto, o que el mismo sea sustentado por otros medios a través del Estado.
De ninguna otra forma el Proyecto es económicamente viable, ni acá, en Villa la Angostura ni en ninguna otra parte de nuestro país, y existen sobrados antecedentes sobre lo cual estamos haciendo referencia, inclusive en nuestra propia Provincia.”
“Nuestros limitados conocimientos técnicos, jurídicos y ambientales no nos permiten emitir un juicio sobre la Viabilidad o Inviabilidad del Proyecto, respetamos y admiramos a aquellos que con singular solvencia opinan de todo.
“Desde ya, también respetuosamente, no compartimos los presagios apocalípticos que algunas personas emiten sobre las devastadoras consecuencias que este proyecto traerá de llegar a concretarse.”
“Simplemente consideramos que en el Estado existen organismos, en este caso puntual una Comisión de Evaluación y Adjudicación cuya premisa es la de dictaminar criteriosa, equilibrada y armoniosamente a través de sus representantes legales y ambientales, de sus técnicos y de los especialistas en los diferentes organismos de su competencia, con referencia a este Proyecto.”
06/10/07 ALERTA ANGOSTURA Abrazo al Río Bonito
23/10/07 Comisión de Preadjudicación Secretario de Turismo de la Provincia Le remiten Dictamen y efectúan algunas consideraciones adicionales: “En las conclusiones de dicho dictamen se manifiesta que no resulta posible avanzar en la precalificación de la oferta en los términos en que ha sido presentada, visto que dos de los ítems considerados a tal fin, no alcanzarían el mínimo puntaje fijado en el Pliego.” El primero de los ítems mencionados es el de “Antecedentes Patrimoniales”. …no reúne los requisitos establecidos en el Pliego en cuanto a estar “cerrado y aprobado” y no constituiría un ejercicio regular (Art. 17.4.2.c). En lo referente al ítem “Proyecto”, las objeciones están dadas básicamente en el subproyecto inmobiliario. Respecto al mismo, la Comisión consideró que la propuesta de desarrollo inmobiliario planteada resultaría inviable en los términos en que ha sido formulada, …” “En base a lo analizado, entendemos que el subproyecto inmobiliario debería respetar los criterios técnicos aportados en este informe y considerar las opiniones y reglamentaciones de Villa La Angostura aplicables a esa zona, diseñando una iniciativa inmobiliaria sustentable y provechosa para la localidad, reduciendo su escala de manera tal que se garantice la sustentabilidad ambiental del medio natural y se satisfagan las aspiraciones de que este proyecto sea complementario del desarrollo integral de Villa La Angostura potenciando su crecimiento y fortalecimiento como destino turístico”.
23/10/07 Comisión de Preadjudicación DICTAMEN N° 1 ADMISIBILIDAD: “Desde el punto de vista de la documentación legal y contable requerida en el Pliego de Bases y Condiciones, …se observa por parte de la UTE y las firmas que la componen el cumplimiento de la misma en forma parcial. …se pudo constatar el faltante de ciertos instrumentos que por la magnitud e importancia de los mismos debían ser requeridos a la oferente para su posterior análisis. Ante ello, con fecha 2 de septiembre …se requirió a la firma oferente la presentación de la documental que en la misma se indica. La documentación solicitada …fue cumplimentada solo parcialmente,…” “…En virtud de ello la Comisión, ante la constatación del incumplimiento de parte de la oferente de lo establecido… … siendo decisión de la Comisión de Preadjudicación admitir la oferta al solo efecto de evaluar su contenido y su posible calificación en los términos del Pliego”.
EXPERIENCIA: Puntaje 8.
ANTECEDENTES PATRIMONIALES: Puntaje: No califica. “2.2. La oferta no cumple con el mínimo fijado para el punto 2 de la fórmula de puntaje prevista para precalificar el sobre 1…”
PROYECTO: Puntaje: No califica.
ASPECTOS URBANÍSTICOS: “El desarrollo propuesto excede ampliamente y de modo negativo, las expectativas esperadas para esta presentación, siendo de alto impacto ambiental y paisajístico.” “La licitación solicitaba la construcción, montaje y explotación del centro de prácticas invernales las provinciales, en el cerro bayo y en forma paralela, como un segundo objetivo facilitar el desarrollo inmobiliario en un máximo de 100 ha. Esta premisa no quería decir que se debía desarrollar una urbanización que afectará ambientalmente a todo el sector desde la cota 1500 hasta la base, que facilitará el alojamiento en distintas modalidades a más de 2.500 personas y que contará con la presencia simultánea de más de 8.500 personas, entre esquiadores, recreacionistas, pobladores y prestadores de servicios.” “Este modelo, que ocupa el suelo en forma extensiva, …provoca un gran desarrollo de redes de infraestructura de gas, luz y agua que impactan con su tendido el bosque de coihues y lengas.” “El modelo de ocupación del suelo propuesto (83 ha) resulta sorprendente, dado que solo toma en cuenta como propiedad de la UTE a la superficie que ocuparán las viviendas para, posteriormente, venderlas en forma individual, lo que deja a toda la infraestructura y sus consecuencias en el dominio público. Esto significa que en un primer momento se harán cargo de su construcción pero que en el futuro el Estado será responsable del funcionamiento, de los resultados de la implantación de la misma y de cualquier otro problema de orden civil que surja en el lugar.” “Con respecto a los condominios de la base, 11 edificios que albergan una población mínima de aproximadamente 1.584 personas …no se alcanza a comprender la necesidad de su presencia más allá del negocio inmobiliario, dado que su existencia lleva a una profunda contradicción con uno de los principales objetivos de esta propuesta Mejorar la ocupación hotelera de Villa La Angostura durante la temporada invernal.” El estado necesita preservar para el uso propio de la montaña al terreno fiscal público provincial de Cerro Bayo. “…El desarrollo factible debe ser acorde a la capacidad ambiental del lugar y a las expectativas de la demanda turística, la que difícilmente desee un lugar con tanto impacto de población y usos.” “Este análisis de carácter general nos indica que la propuesta inmobiliaria no es aceptable, pero si se quiere analizar más, se observa que existen escasos estudios que aseguren la factibilidad del agua y que no cuenta con la prefactibilidad eléctrica dada por el EPEN, ni la de gas dada por Camuzzi Gas del Sur, requerido por el pliego particular de especificaciones técnicas en el Art. 11.14 y Art. 12.” ”…la empresa Camuzzi Gas del Sur ha respondido en forma negativa la posibilidad de proveer dicho fluido, …A pesar de lo expuesto, en los planos de la propuesta se incluye una conexión al gasoducto existente…” “Un párrafo aparte merece la necesidad de ejecutar distintos caminos de servicio a las distintas instalaciones del cerro y de acceso a las viviendas… Será necesario un estudio riguroso de las trazas…”…En este caso, toda la urbanización por su localización y volumen, afectará al Río Bonito, a pesar de establecer lechos nitrificantes y planta de tratamientos individuales para los edificios.” “…el movimiento de suelo es sumamente considerable dada la pendiente de la montaña en ese sector. Esto también es negativo y puede tener consecuencias en los drenajes hídricos de lugar y producir procesos de remoción en masa.”
ASPECTOS RELACIONADOS CON LOS SERVICIOS TURÍSTICOS: “…Toda la presentación adolece de datos al nivel de anteproyecto que se solicitaba en el Art. N° 17.4.5. …existen croquis y esquemas, pero casi siempre sin el nivel de profundidad deseado” “…Se puede observar una gran dispersión de información en el documento presentado, lo que dificulta el análisis, teniendo en cuenta además que solo dos establecimientos contaron con documentación parcial, faltan memorias descriptiva y además, de uno de ellos (hostería 3 estrellas) no se presentó ningún antecedente, incumpliendo así con lo solicitado por el pliego…” “…con este proyecto desaparece un 54% del mismo como mínimo, ya que existen otro tipo de estimaciones que podrían aumentar esta cifra, especialmente en el área de las viviendas individuales. El bosque de coihue en galería funciona como un entramado y al eliminarse algunos de los ejemplares, se produce un derribamiento natural, por la pendiente que tiene el sector. Esto lleva a un desmonte de grandes extensiones que finalizará en un proceso erosivo del área, más allá de las medidas de mitigación propuestas.” “Por todo lo expuesto la Comisión de Evaluación entiende que esta propuesta de desarrollo resulta inviable,…” “Se solicitan 83 ha en propiedad, pero la afectación es sobre más de 150 ha…” “Se corre el riesgo de que este no sea un proyecto complementario de Villa La Angostura, potenciando su desarrollo y fortalecimiento como destino turístico, sino que resulte competitivo de la misma a través de su desarrollo” “Este proyecto, en su concepción general, no aporta en el mediano y largo plazo al desarrollo productivo de Villa La Angostura. Resulta utópico pensar que se puede continuar creciendo sin tener en cuenta los límites del ecosistema sobre los que se construye este crecimiento…”
PROPUESTA OPERATIVA: Puntaje: 6.
“…En cuanto al listado de medios de elevación a instalar, cumple en forma mínima, tratándose de equipamientos usados que, para su aceptación deberán presentarse sus historias técnicas de mantenimiento en sus localizaciones anteriores y contar con manuales del fabricante.”
CONCLUSIÓN: Por lo expuesto anteriormente NO es posible precalificar la oferta, visto que dos de los ítems considerados a tal fin no alcanzan el mínimo prefijado en el pliego,…” “En virtud de la evaluación realizada esta Comisión considera que la propuesta presentada en el Sobre N° 1 por parte del oferente UTE Cerro Bayo & Las Provinciales, NO PRECALIFICA para el objeto de la licitación…” ADMISIBILIDAD: No se califica la Admisibilidad de la Propuesta.
EXPERIENCIA: Se la asignan 8 puntos en función la antigüedad de Cerro Bayo S.A. a la que se le reconoce “un permanente crecimiento a través de las sucesivas temporadas”,
Como la empresa es nueva, la antigüedad no está acreditada, Si se mencionan los avances técnicos del último año.
ASPECTOS URBANÍSTICOS: Dijimos que Cerro Bayo mentía cuando sostenía que estaban hechos los proyectos de caminería y teníamos razón.
Atención: el Dictamen también expresa: ”También hubiese sido deseable que la inversión en medios comenzara desde la base de las provinciales, a fin de no sobrecargar el actual Cerro Bayo con el ascenso de más esquiadores, pero la propuesta planteada comienza a desarrollarse desde la parte superior del centro de esquí actual hacia las provinciales”. La pregunta sería: Dentro de 30 años, vencida la concesión de las provinciales, como se adjudicarían a otro concesionario si los esquiadores sólo pueden acceder desde las actuales pistas.
26/10/07 Subsecretario de Turismo Ministro Dotzel De acuerdo al Dictamen de la Comisión de Precalificación, le remite al Ministro el proyecto de Resolución Ministerial, dado que “la propuesta no alcanza los estándares mínimos para ser considerada admisible o precalificada.”
El articulado del Proyecto de Resolución contiene: Art. 1°, aprueba el Dictamen. Art. 2°, desestima la oferta. Art. 3°, devuelve al oferente. Art. 4°, notifica.
02/11/07 Martín Gol Parés – Apoderado de Cerro Bayo S.A. Ministro Dotzel Solicita la reconsideración del dictamen emanado de la Comisión de Evaluación.
02/11/07 Guillermo Hensel – Apoderado de Cerro Bayo S.A. Ministro Dotzel Encabeza la nota solicitando “…la readecuación del dictamen emanado de la Comisión de Evaluación”. Expresa también: “…y en virtud de poder avanzar en el proceso considere la adjudicación de la licitación aplicando a las tierras implicadas en la misma, la normativa vigente en Villa La Angostura…” “…el proyecto por nosotros presentado es viable, sustentable y ventajoso, tanto para la Provincia de Neuquén como para la localidad de Villa La Angostura…”
05/11/07 Martín Gol Parés – Apoderado de Cerro Bayo S.A. Ministro Dotzel Expresa: “…en relación a la envergadura del desarrollo inmobiliario propuesto hemos decidido presentar una propuesta reducida” “El proyecto presentado es para el análisis de la comisión sin perjuicio de que toda construcción a ser realizada dentro de la superficie en desarrollo deberá ser aprobada por la Municipalidad conforme a la normativa que esta disponga para esas tierras.”
De la Memoria descriptiva adjunta a la presentación (en total sólo 14 carillas): Proponen reducir la cantidad de viviendas de propiedad privada a 40 de 450 m2 c/u. y dicen “Con esta decisión proponemos prácticamente la intangiblidad del bosque de coihue… ”
Incluye declaración jurada que el proyecto inmobiliario será de acuerdo a la normativa vigente en VLA o la que en el futuro dicte. Asumen compromiso de construir las pistas independientemente de la aprobación de desarrollo inmobiliario. Esta modesta síntesis ocupa 14 páginas.
5/11/07 Secretario de Turismo Arq. D. Dinivitzer Le solicita informes y opiniones.
12/11/07 Cr. Jorge Alberto Diez /
Arq. D. Dinivitzer Secretario de Turismo Conclusión A: un balance especial de donde surge claramente que se mejora la situación patrimonial de la sociedad, y por ende del grupo económico que realiza la oferta, debería ser tomado en cuenta para la calificación de la propuesta.
Conclusión B: Considero como válido adoptar la posición de sumar directamente los patrimonios netos de los componentes del grupo inversor, sin aplicar ponderación o proporción alguna. En el caso de consorcios o UTE, cada uno de los integrantes queda obligado ilimitada y solidariamente por toda y cualquier obligación o responsabilidad emergente de la presentación de la oferta. Similar situación se da a la SA en formación hasta tanto esté constituida.
El procurador del Tesoro señala para licitaciones públicas de un solo oferente: Deben equilibrarse por un lado el principio de igualdad en mira a la situación de los oferentes y por otro aquel mismo principio y su debido respeto, frente a razones de bien común, de interés general que animan el accionar de la Administración. No obstante lo que surge de esta última doctrina, señaló que corresponde tener en cuenta para su consideración la situación particular de cada caso en examen…este se encuentra en una etapa anterior a la adjudicación y por ende no se ha celebrado contrato alguno. Circunstancia esta que no permite la modificación de los pliegos oportunamente aprobados por el poder Ejecutivo Nacional. Acepta un balance al 31-07-07 (Proideas SA) en vez del 30-12-06 porque la situación patrimonial es mejor. No ponderan el Patrimonio Neto de cada empresa de acuerdo a la participación en la UTE como dice el pliego. Lo tomaron en forma total
El criterio usado para modificación de pliegos lo usó Dromi…se acuerdan de la era Menem?
20/11/07 Comisión de Preadjudicación Secretario de Turismo Remiten un segundo dictamen, basado en nueva documentación recibida de la UTE.
20/11/07 Comisión de Preadjudicación
2° DICTAMEN
* ADMISIBILIDAD: Nada se expresa.
EXPERIENCIA: Puntaje: 8. Ponderación 20%
ANTECEDENTES PATRIMONIALES: Puntaje: 7,42. Ponderación 20%
PROYECTO: Puntaje 7 Ponderación 45%
La comision encuentra que no se han subsanado varias de las principales objeciones planteadas en el dictamen anterior: reduce el número de viviendas individuales, pero sigue ocupando en forma extensiva e inclusive aumentando la superficie solicitada en 1,4 has. Deja toda la infraestructura al dominio público. Etc. Por todo lo expuesto la Comisión de Evaluación ratifica que el proyecto presentado analidzados de forma integral los subproyectos 1 y 2 no alcanzaría el puntaje mínimo establecido para poder ser calificada.
Sin embargo de adoptarse el criterio por parte de la autoridad licitante de que toda construcción a ser realizada deberá….sería factible escindir del proyecto integral el subproyecto 2
PROPUESTA OPERATIVA: Puntaje: 6 Ponderación 15%
Puntaje total ponderado 7,15
EXPERIENCIA: ídem anterior
ANTECEDENTES PATRIMONIALES: Aceptan un balance al 31-07-07 (Proideas SA) en vez del 30-12-06 porque la situación patrimonial es mejor. No ponderan el Patrimonio Neto de cada empresa de acuerdo a la participación en la UTE como dice el pliego. Lo tomaron en forma total
Este Dictamen no es aprobado por la Lic. Graciela Martínez, la que expone que no está de acuerdo con la petición de dictamen a Asesoría y considera inviable el proyecto.
21/11/07 Secretario de Turismo Asesoría General de la Gobernación “…Por lo expuesto solicito su dictamen de competencia en relación a la situación planteada, a fines de dar el mejor cumplimiento del objeto original de la Licitación, …”
26/11/07 Asesoría General de la Gobernación Dictamen
N° 458/07 Ministro Dotzel
Luego del análisis de los hechos (proyecto, dictamen, pedido y nueva propuesta de la UTE, 2° dictamen) concluyen: “…En primer término, las tierras de Las provinciales están dentro del territorio provincial y fuera del ejido del Municipio de Villa La Angostura, razón por la cual resulta imprescindible en forma previa ampliar el ejido municipal mediante una ley que deberá dictarse, a tal fin aplicar la normativa municipal, de acuerdo a la propuesta reducida presentada por la única oferente” Luego siguen tres consideraciones más y cierran expresando “…Por todo lo expuesto, este órgano asesor no tiene objeciones que formular al procedimiento descrito, pronunciándose por la validez del segundo criterio remitido para consulta y opinión jurídica, resultando en consecuencia viable la preadjudicación.”
28/11/07 Ministro Dotzel
Resolución 903/07 Art. 1°. Aprueba lo actuado por la Comisión de Evaluación.
Art. 2°. Precalifica la oferta presentada en el Sobre N° 1 y autoriza la apertura del Sobre N° 2. Uno de los considerandos expresa: “Que como consecuencia de todo lo expuesto la citada Comisión elaboró un segundo Dictamen de Precalificación, en el cual se manifiesta que el nuevo anteproyecto inmobiliario presentado no subsana las observaciones de base formuladas por la Comisión al primer modelo de desarrollo presentado;” Otro considerando: “…sería factible escindir del proyecto integral el Subproyecto N° 2, “inmobiliario”, visto que el mismo estará sujeto a las normativas que en la materia dicte el Municipio local;”
04/12/07 Director Gral. De Asuntos Legales de la Subsecretaría de Turismo
DICTAMEN LEGAL Secretario de Turismo Analiza proyecto de Decreto que adjudicaría la Licitación. En su último párrafo expresa: “…Por todo lo expuesto, atento lo actuado y lo dictaminado por el Asesor General de la Gobernación,… …soy de opinión que, de pronunciarse positivamente la Contaduría General de la Provincia, respecto a la validez del balance especial presentado por la firma Proideas. S.A. (integrante de la UTE Cerro Bayo & Provinciales), y en tal sentido, alcanzar la capacidad patrimonial mínima requerida en el pliego…”
04/12/07 Secretario de Turismo Ministro Dotzel Remite proyecto de Decreto.
06/12/07 Cr. O. Gobbi
Auditor Mayor de la Provincia Informe
N° 245/07 Contaduría General de la Provincia Dice: “Visto el expediente de referencia, se emite opinión favorable. No obstante lo expuesto, se considera necesario establecer claramente en el contrato a suscribir el monto de la inversión a realizar por parte de la empresa, atento a que la oferta económica presentada en el sobre N° 2, está relacionada con la oferta técnica original, la que fue variada proponiéndose una amplia reducción del proyecto inmobiliario.”
se hizo?
Gobernador
Decreto
N° 2269/07 * En los considerandos expresa “Que el régimen aplicable a la concesión objeto de esta licitación conforme lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones de la misma, son las Leyes Provinciales N° 687 y N° 1820 y sus Decretos Reglamentarios” “Que habiendo tomado intervención la Contaduría General de la Provincia a Fs. 459, dando la pertinente aprobación, es necesario proceder al dictado de la norma legal correspondiente.”
Art. 1° Preadjudica, Ad Referéndum de la Legislatura. Con una inversión comprometida de $ 68.635.356 y un canon anual, pagadero a partir del año 2008 de $ 50.000 o el 1,5% de la facturación neta de IVA y pases.
Art. 4°. Reserva la superficie de 100 ha, que serán cedidas en propiedad todas en un solo bloque o en los que fueren necesarios a la UTE Cerro Bayo & Provinciales. Para ser afectadas al desarrollo inmobiliario, conforme lo establecido en el Art. Del pliego de bases y condiciones y de acuerdo a la reglamentación que para tal fin dicte el Municipio.
06/12/07 Gobernador Nota
N° 1057/07 Legislatura Provincial Adjunta el Proyecto de Ley.
Art. 1° Adjudica la Licitación en el marco de lo establecido en las leyes y el Decreto N° 2269/07.
Art. 2° Faculta al Poder Ejecutivo a determinar la cantidad final de hectáreas (con el límite de 100 ha) que serán cedidas, sobre la base del proyecto urbanístico aprobado por el Municipio de Villa La Angostura.
Art. 4° Amplía el ejido en 270,5 ha, según el plano registrado según Exp. 2756-7752/03 N.C. 16-RR-022/1065. ¿Cuál proyecto urbanístico aprobado por la Municipalidad?
esas tierras no están en el ejido y no hay nada legislado para ellas, deberán incluirse en la banda bosque en su momento o declararse intangibles
18/01/08 Ministerio de Desarrollo Territorial Subsecretaría de Turismo Remite Exp. 3360-7966/07.
02/12/07 UTE Cerro Bayo S.A. Programa Radial
FM Lafquen DESGRABACIÓN
Kovacs: “Julián. La primer pregunta que nos dice la gente de Alerta Angostura… El primer punto dice : Cómo es posible que teniendo un dictamen negativo, se acepten cambios en el Proyecto? Cuando hablan de dictamen negativo, a qué hacen referencia?”
Aróstegui: “Primero que la verdad, no hay un dictamen negativo,…”
“…ahora como el pliego era libre interpretación la CE en primera instancia sobre el proyecto inicial nuestro dijo “nos parece que… grande, nos parece que no es un momento en Villa La Angostura, para un proyecto así”, eso es lo que expresa el dictamen.”
Kovacs: “En cuanto a Alerta Angostura, se refiere, la última pregunta: quién se va a responsabilizar por las consecuencias ambientales, en caso de que se continúe con esta propuesta?”
Aróstegui: “Mirá entiendo que nos vamos a tener que responsabilizar todos como comunidad de Villa La Angostura, porque te digo, lo que se haga se va a aprobar en La Villa, entonces si le toca aprobarlo al gobierno… …tendremos que responsabilizarnos todos como ciudadanos,..”
Kovacs: “Yo me acuerdo cuando estuviste aquí en Estudios en vivo, en una oportunidad comentaste que la única manera de sustentar semejante proyecto, en cuanto a los medios de elevación y todas las instalaciones, era justamente que vaya adosado de un emprendimiento inmobiliario, ahora Uds. hacen una declaración jurada y lo dejan en manos de Angostura, si Angostura dice “no, no quiero ni una casita siquiera”, qué hacen Uds?”
Aróstegui: “Es que no podría hacerlo tampoco, porque hay una normativa existente en la cual “una casita”, como vos decís autorizaría. O sea ahí…..el proyecto de esquí se hace con un proyecto inmobiliario,…”
Kovacs: “Escuchame, dentro de las hectáreas con las que Uds. pueden contar, como para hacer ambos proyectos, no? el de los medios y el proyecto inmobiliario, está siempre dentro de esas has la posibilidad de que acepte VLA? Por ejemplo: donde Uds. lo querían hacer, aparentemente el pueblo no lo quiere, si lo bajamos o lo ponemos en una franja que el gobierno municipalidad y la comunidad de Villa La Angostura acepten, siempre estamos hablando que estamos dentro de esas has que Uds. poseen?”
Aróstegui: “Mirá Luis nosotros acabamos de adquirir hace dos semanas el lote pastoril 15 que queda abajo digamos entre el Bayo y la ruta. Siempre se habló con ambos gobiernos con el actual y el futuro, nosotros hoy ya tenemos en propiedad unas 520 has en VLA, si el gobierno nos dice mirá, es el centro de esquí, en vez de hacerlo arriba hacerlo abajo es parte de la negociación, no tendríamos ningún tipo de problema. Igual la realidad es que, si hablás con los ambientalistas, la zona de las provinciales hay una gran parte que no tiene bosque, con lo cual, si mirás los estudios y toda la parte de tratamiento de fluidos y demás se hace de forma responsable, no habría ningún problema en hacer un desarrollo en este lugar. De hecho te diría que hasta muchos sugieren que es mejor que hacerlo en otro sector, pero será una cuestión de discusión, desde ya te anticipo que no tenemos ningún problema, o sea tenemos muchas hectáreas y se puede definir donde es mejor, donde la gente se siente más cómoda, ése fue un poco el espíritu de nuestra declaración. Sí es claro que un des inmobiliario va a tener que existir con forma de la normativa vigente.”
Kovacs: “Julián, el centro de esquí, queda tal cual se mostró o cabe la posibilidad de que se reduzca?”
Aróstegui: “No, no, no, el centro de esquí queda tal cual como se mostró y ya te digo la idea es integrarlo al actual centro de esquí del cerro Bayo y la idea es llegar a tener un desarrollo sustentable, porque cuando vos creas un centro de esquí para 6000 personas, como este va a tener entre las 2000 actuales que tiene Bayo y las 4000 que va a tener Provinciales, esto necesita servicios. Siempre nuestra función del des inmobiliario…”
08/03/08 UTE Cerro Bayo S.A. Comunicado
Público
en Angostura Digital "Asimismo es oportuno reiterar que también es parte del expediente, la declaración jurada que establece que, en caso de resultar adjudicatarios, “el sub proyecto inmobiliario será realizado dentro del marco normativo que el Municipio de la localidad de Villa La Angostura posee o en un futuro establezca para la zona en cuestión, respetando la totalidad de las reglamentaciones vigentes o a dictarse en materia edilicia, ambiental y toda otra que en su consecuencia se dicte”.
ALERTA ANGOSTURA fue creada en 2007 por un grupo de vecinos de Villa La Angostura, Provincia de Neuquén, Patagonia Argentina. Su objetivo es el cuidado del frágil medio ambiente del Bosque Andino Patagónico en el que está situada la localidad.
domingo, 15 de agosto de 2010
Nota de Alerta 1/12/07
Villa La Angostura, 1° de Diciembre de 2007
PROYECTO PISTAS PROVINCIALES, ALERTA ANGOSTURA INFORMA:
Con fecha 24 de noviembre del corriente el diario Río Negro menciona que: “Trascendió que la Comisión Evaluadora habría emitido un primer fallo desfavorable del proyecto y que la empresa oferente habría tenido la posibilidad de modificar la propuesta, entre otros detalles, reduciendo la cantidad de metros a construir. Asimismo, la Comisión se habría expedido por segunda vez, aunque aún se desconoce el resultado de ese informe”
Continuando en esta línea, en el día de la fecha La Angostura Digital reproduce un comentario del diario neuquino DIARIAMENTE: “que el ministro de Producción Marcelo Fernández Dötzel ya tiene en su escritorio el dictamen de la comisión evaluadora en donde se aprueba con más de 70 puntos sobre un máximo de 100 los antecedentes técnicos, contables y de desarrollo del proyecto que presentó la firma Cerro Bayo SA, único oferente para la concesión, construcción y operación del centro invernal Las Provinciales. Siguiendo los pasos, en los próximos días debería realizarse la apertura del sobre con la oferta económica, y de conformar al poder ejecutivo debería preadjudicarse. Una vez concretada la preadjudicación por parte del Ejecutivo y al ser la única oferta existente, la propuesta deberá ser remitida a la Legislatura y tratada como anteproyecto de ley para su aprobación definitiva.”
Lo expuesto pone en evidencia la falta de sensibilidad y respeto por la voluntad de gran parte de la comunidad de Villa La Angostura, que se ha manifestado en contra de este proyecto a través de distintas ONG, partidos políticos y autoridades municipales.
El desarrollo de esta licitación ha estado signado por la falta de información y transparencia, por eso es que nos preguntamos:
• ¿Cómo es posible que teniendo un dictamen negativo se acepten cambios al proyecto?
• ¿Cuáles han sido esos cambios?
• ¿Quién hizo la evaluación de las consecuencias medio ambientales de este proyecto?
• ¿Cuál es el resultado?
• ¿Qué injerencia tienen las autoridades municipales salientes y las entrantes en la aceptación o no de este proyecto?
• ¿Porqué se ignoran las opiniones negativas emitidas?
• ¿Quién se va a responsabilizar por las consecuencias ambientales en caso de que se continúe con esta propuesta?
Por lo tanto ALERTAMOS que:
• es necesario saber si la preadjudicación otorgaría derechos al oferente, en el caso de que se anule la licitación por la negativa de la Legislatura a ceder las tierras y en consecuencia, los costos recaerían en la población.
• aún queda una semana a las actuales autoridades provinciales y si se logró esta aprobación cuando originalmente la comisión emitió un dictamen negativo, ¿qué serían capaces de hacer en cinco días hábiles?
• en el caso que nada puedan hacer la semana entrante, sigue quedando la licitación vigente y las nuevas autoridades provinciales pueden continuar con la misma.
• no está clara cuál es la mayoría necesaria en la Legislatura Provincial para la entrega de tierras a manos privadas. En principio alcanzaría con la mayoría simple. Si éste es el caso, tanto el bloque del partido gobernante saliente como el entrante la tienen.
Tal como hemos demostrado claramente en las reuniones informativas llevadas a cabo por ALERTA ANGOSTURA, les recordamos que la consecución de este proyecto tendrá un importante impacto negativo en nuestro medio ambiente: derrumbes, contaminación del río Bonito, inundaciones, etc.
Por eso exigimos a nuestros representantes que se cumplan con los puntos fundamentales que surgieron de las asambleas populares llevadas a cabo por nuestra organización:
• Apoyar el desarrollo de las Pistas Provinciales en un marco de respeto de nuestro medio ambiente, evitando el impacto negativo económico social
• Pasar las 270 ha al ejido municipal
• Llamar a una nueva licitación para que puedan concursar varias empresas con la condición que no se pueda urbanizar sobre la cota protegida por las actuales ordenanzas (banda bosque)
• Realizar una evaluación (Univ. del Comahue) del estudio medioambiental presentado por los oferentes
PROYECTO PISTAS PROVINCIALES, ALERTA ANGOSTURA INFORMA:
Con fecha 24 de noviembre del corriente el diario Río Negro menciona que: “Trascendió que la Comisión Evaluadora habría emitido un primer fallo desfavorable del proyecto y que la empresa oferente habría tenido la posibilidad de modificar la propuesta, entre otros detalles, reduciendo la cantidad de metros a construir. Asimismo, la Comisión se habría expedido por segunda vez, aunque aún se desconoce el resultado de ese informe”
Continuando en esta línea, en el día de la fecha La Angostura Digital reproduce un comentario del diario neuquino DIARIAMENTE: “que el ministro de Producción Marcelo Fernández Dötzel ya tiene en su escritorio el dictamen de la comisión evaluadora en donde se aprueba con más de 70 puntos sobre un máximo de 100 los antecedentes técnicos, contables y de desarrollo del proyecto que presentó la firma Cerro Bayo SA, único oferente para la concesión, construcción y operación del centro invernal Las Provinciales. Siguiendo los pasos, en los próximos días debería realizarse la apertura del sobre con la oferta económica, y de conformar al poder ejecutivo debería preadjudicarse. Una vez concretada la preadjudicación por parte del Ejecutivo y al ser la única oferta existente, la propuesta deberá ser remitida a la Legislatura y tratada como anteproyecto de ley para su aprobación definitiva.”
Lo expuesto pone en evidencia la falta de sensibilidad y respeto por la voluntad de gran parte de la comunidad de Villa La Angostura, que se ha manifestado en contra de este proyecto a través de distintas ONG, partidos políticos y autoridades municipales.
El desarrollo de esta licitación ha estado signado por la falta de información y transparencia, por eso es que nos preguntamos:
• ¿Cómo es posible que teniendo un dictamen negativo se acepten cambios al proyecto?
• ¿Cuáles han sido esos cambios?
• ¿Quién hizo la evaluación de las consecuencias medio ambientales de este proyecto?
• ¿Cuál es el resultado?
• ¿Qué injerencia tienen las autoridades municipales salientes y las entrantes en la aceptación o no de este proyecto?
• ¿Porqué se ignoran las opiniones negativas emitidas?
• ¿Quién se va a responsabilizar por las consecuencias ambientales en caso de que se continúe con esta propuesta?
Por lo tanto ALERTAMOS que:
• es necesario saber si la preadjudicación otorgaría derechos al oferente, en el caso de que se anule la licitación por la negativa de la Legislatura a ceder las tierras y en consecuencia, los costos recaerían en la población.
• aún queda una semana a las actuales autoridades provinciales y si se logró esta aprobación cuando originalmente la comisión emitió un dictamen negativo, ¿qué serían capaces de hacer en cinco días hábiles?
• en el caso que nada puedan hacer la semana entrante, sigue quedando la licitación vigente y las nuevas autoridades provinciales pueden continuar con la misma.
• no está clara cuál es la mayoría necesaria en la Legislatura Provincial para la entrega de tierras a manos privadas. En principio alcanzaría con la mayoría simple. Si éste es el caso, tanto el bloque del partido gobernante saliente como el entrante la tienen.
Tal como hemos demostrado claramente en las reuniones informativas llevadas a cabo por ALERTA ANGOSTURA, les recordamos que la consecución de este proyecto tendrá un importante impacto negativo en nuestro medio ambiente: derrumbes, contaminación del río Bonito, inundaciones, etc.
Por eso exigimos a nuestros representantes que se cumplan con los puntos fundamentales que surgieron de las asambleas populares llevadas a cabo por nuestra organización:
• Apoyar el desarrollo de las Pistas Provinciales en un marco de respeto de nuestro medio ambiente, evitando el impacto negativo económico social
• Pasar las 270 ha al ejido municipal
• Llamar a una nueva licitación para que puedan concursar varias empresas con la condición que no se pueda urbanizar sobre la cota protegida por las actuales ordenanzas (banda bosque)
• Realizar una evaluación (Univ. del Comahue) del estudio medioambiental presentado por los oferentes
Nota al Concejo Deliberante 13/11/07
Para ser leído en la Sesión de la fecha: 14-11-07
Villa La Angostura, 13 de Noviembre de 2007
Sr. Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
S / D
De nuestra mayor consideración:
Ante la información vertida en el programa radial del Sr. Sergio Díaz del día 9 del corriente por el Concejal Sr. Gabriel Valdebenito, relativo al tema de las pistas provinciales, en el que manifiesta que se planteó una reunión para el día siguiente ya que “surgió una posición” para seguir tratando este tema, no sólo por el oficialismo y la oposición sino con la gente de la UVAC, solicitamos se nos informe en la reunión del Honorable Concejo Deliberante que mantendrán mañana, 13 de noviembre, lo siguiente:
• Si efectivamente tuvo lugar la reunión
• Quiénes asistieron a la misma
• Cuáles son la o las alternativas analizadas
• Cuál o cuáles fueron las posiciones de los distintos bloques
• Cuáles fueron las conclusiones
• Cómo continúa el proceso con las autoridades de Neuquén, en particular con el Ministro Dötzel.
Por otro lado necesitaríamos contar con la información
solicitada al Honorable Concejo a través de la Concejal Laura Juárez: nombre del abogado que asesoró al Concejo en el tema de las Pistas Provinciales, como así también el número de la ley que exige dos tercios en la Legislatura de Neuquén para transferir tierras de la Provincia a manos privadas.
Agradeciendo desde ya vuestra colaboración nos vemos en la sesión de mañana.
Por Alerta Angostura
Patricio Raposo
Villa La Angostura, 13 de Noviembre de 2007
Sr. Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
S / D
De nuestra mayor consideración:
Ante la información vertida en el programa radial del Sr. Sergio Díaz del día 9 del corriente por el Concejal Sr. Gabriel Valdebenito, relativo al tema de las pistas provinciales, en el que manifiesta que se planteó una reunión para el día siguiente ya que “surgió una posición” para seguir tratando este tema, no sólo por el oficialismo y la oposición sino con la gente de la UVAC, solicitamos se nos informe en la reunión del Honorable Concejo Deliberante que mantendrán mañana, 13 de noviembre, lo siguiente:
• Si efectivamente tuvo lugar la reunión
• Quiénes asistieron a la misma
• Cuáles son la o las alternativas analizadas
• Cuál o cuáles fueron las posiciones de los distintos bloques
• Cuáles fueron las conclusiones
• Cómo continúa el proceso con las autoridades de Neuquén, en particular con el Ministro Dötzel.
Por otro lado necesitaríamos contar con la información
solicitada al Honorable Concejo a través de la Concejal Laura Juárez: nombre del abogado que asesoró al Concejo en el tema de las Pistas Provinciales, como así también el número de la ley que exige dos tercios en la Legislatura de Neuquén para transferir tierras de la Provincia a manos privadas.
Agradeciendo desde ya vuestra colaboración nos vemos en la sesión de mañana.
Por Alerta Angostura
Patricio Raposo
Nota al Concejo Deliberante 7/11/07
Para ser leído en la Sesión de la fecha:
Villa La Angostura, 07 de Noviembre de 2007
Sr. Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
S / D
De nuestra mayor consideración:
Ante la información pública de…”negociaciones sobre una nueva propuesta de la UTE Cerro Bayo S A avalada por el Ministro de Producción y Turismo de la Pcia. Ing. Fernandez Dötzel”…, de la que la comunidad no tiene información alguna; por las ya expuestas razones de índole ambiental, legal y comunitarias y en la certeza de que detrás de un Proyecto que es una necesidad y una aspiración de la comunidad se esconde un Negocio Inmobiliario que no solo beneficia a unos pocos, sino que compromete seriamente nuestro medioambiente y el futuro de nuestra comunidad, queremos reiterar nuestra oposición, respaldada por las Asambleas Populares convocadas por nuestra ONG y que son:
1- Que las 270 ha. pasen al Ejido Municipal.
2- Que dichas tierras no sean cedidas ni transferidas a particular alguno.
3- Que no se realice ninguna urbanización, respetando las Normas Municipales que involucran al sector.
4- Que se llame a una nueva licitación, con un programa que responda a las necesidades de la comunidad y que se realice con la participación de la misma.
También queremos expresar que estamos a escasos 30 días del cambio de Autoridades electas tanto municipales como provinciales y consideramos que no es prudente tomar decisiones sobre un tema tan importante sin la necesaria reflexión y estudio que esto merece y más si tenemos en cuenta que es un proyecto que data de más de 20 años.
Coincidimos con las expresiones del Sr. Ministro Fernandez Dötzel, en la carta enviada a Angostura Digital el día 29/08/07, en la que justifica la propuesta de cesión de tierra expresando: .....”el estado debe utilizar el dinero público para atender cuestiones prioritarias relacionadas con la salud, educación, justicia y seguridad....” y constatamos que a pesar de que se intenta regalar tierras que son nuestras, igualmente quedaron como materias pendientes de esta gestión las prioridades de Hospital, Escuela Especial, Ruta de Circunvalación, Plan Federal de Viviendas, adecuación de servicios públicos al crecimiento de la población, etc., etc.
Por ong ALERTA ANGOSTURA
Emilia Edelstein, Presidenta
Patricio Raposo, Tesorero
Villa La Angostura, 07 de Noviembre de 2007
Sr. Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
S / D
De nuestra mayor consideración:
Ante la información pública de…”negociaciones sobre una nueva propuesta de la UTE Cerro Bayo S A avalada por el Ministro de Producción y Turismo de la Pcia. Ing. Fernandez Dötzel”…, de la que la comunidad no tiene información alguna; por las ya expuestas razones de índole ambiental, legal y comunitarias y en la certeza de que detrás de un Proyecto que es una necesidad y una aspiración de la comunidad se esconde un Negocio Inmobiliario que no solo beneficia a unos pocos, sino que compromete seriamente nuestro medioambiente y el futuro de nuestra comunidad, queremos reiterar nuestra oposición, respaldada por las Asambleas Populares convocadas por nuestra ONG y que son:
1- Que las 270 ha. pasen al Ejido Municipal.
2- Que dichas tierras no sean cedidas ni transferidas a particular alguno.
3- Que no se realice ninguna urbanización, respetando las Normas Municipales que involucran al sector.
4- Que se llame a una nueva licitación, con un programa que responda a las necesidades de la comunidad y que se realice con la participación de la misma.
También queremos expresar que estamos a escasos 30 días del cambio de Autoridades electas tanto municipales como provinciales y consideramos que no es prudente tomar decisiones sobre un tema tan importante sin la necesaria reflexión y estudio que esto merece y más si tenemos en cuenta que es un proyecto que data de más de 20 años.
Coincidimos con las expresiones del Sr. Ministro Fernandez Dötzel, en la carta enviada a Angostura Digital el día 29/08/07, en la que justifica la propuesta de cesión de tierra expresando: .....”el estado debe utilizar el dinero público para atender cuestiones prioritarias relacionadas con la salud, educación, justicia y seguridad....” y constatamos que a pesar de que se intenta regalar tierras que son nuestras, igualmente quedaron como materias pendientes de esta gestión las prioridades de Hospital, Escuela Especial, Ruta de Circunvalación, Plan Federal de Viviendas, adecuación de servicios públicos al crecimiento de la población, etc., etc.
Por ong ALERTA ANGOSTURA
Emilia Edelstein, Presidenta
Patricio Raposo, Tesorero
Nota Dip. Prov .Éjido Municipal 30/10/07
Villa La Angostura, 30 de octubre de 2007
A los Señores Diputados Provinciales
S. D.
De nuestra consideración:
Tenemos el agrado de dirigirnos a Uds. con el objeto de expresar nuestro apoyo al proyecto de Ley de inclusión en el ejido urbano de Villa La Angostura, de las 270 Ha destinadas a la construcción del centro de deportes invernales.
Esta inclusión ha sido avalada por los participantes de dos Asambleas Populares que hemos realizado en nuestra localidad y por ciudadanos que firmaron en adhesión a sus conclusiones.
También, les informamos que tenemos preparado, para ser presentado en su oportunidad, un proyecto de Ley de cesión a nuestro Municipio y con cargo de construcción de las pistas, de las 270 Ha. De esta manera, veremos realizado el deseo de nuestra comunidad de mejorar el centro invernal a la medida de nuestras necesidades.
Los saludamos atentamente
Por ong ALERTA ANGOSTURA
Emilia Edelstein, Presidente
Diego Figueroa Alcorta, Secretario
ong ALERTA ANGOSTURA
Personería Municipal N° 23
Villa La Angostura
alertaangostura@gmail.com
tel-fax 02944 494 602
cel 02944 15 31 5510
A los Señores Diputados Provinciales
S. D.
De nuestra consideración:
Tenemos el agrado de dirigirnos a Uds. con el objeto de expresar nuestro apoyo al proyecto de Ley de inclusión en el ejido urbano de Villa La Angostura, de las 270 Ha destinadas a la construcción del centro de deportes invernales.
Esta inclusión ha sido avalada por los participantes de dos Asambleas Populares que hemos realizado en nuestra localidad y por ciudadanos que firmaron en adhesión a sus conclusiones.
También, les informamos que tenemos preparado, para ser presentado en su oportunidad, un proyecto de Ley de cesión a nuestro Municipio y con cargo de construcción de las pistas, de las 270 Ha. De esta manera, veremos realizado el deseo de nuestra comunidad de mejorar el centro invernal a la medida de nuestras necesidades.
Los saludamos atentamente
Por ong ALERTA ANGOSTURA
Emilia Edelstein, Presidente
Diego Figueroa Alcorta, Secretario
ong ALERTA ANGOSTURA
Personería Municipal N° 23
Villa La Angostura
alertaangostura@gmail.com
tel-fax 02944 494 602
cel 02944 15 31 5510
Convocatoria Abrazo Río Bonito 3/10/07
Villa La Angostura, 3 de Octubre de 2007.
ALERTA ANGOSTURA INFORMA
Esto está pasando en Villa La Angostura, Provincia del Neuquén.
Para tener una idea completa de cómo se llegó a la situación actual, recordemos que el proyecto de “Pistas Provinciales Cerro Bayo”, surgió como iniciativa del municipio angosturense, antes de 1985.
En noviembre de ese mismo año, se posibilitó la construcción de un “Centro de Deportes Invernales para la práctica de esquí, y las obras de infraestructura turísticas necesarias”, a través de la sanción de la Ley 23.290, donde también se estableció que la Provincia del Neuquén no puede enajenar estas tierras que estarían bajo el control de Parques Nacionales.
Por Ley 25.553 se cedió esta superficie a la Provincia del Neuquén, pero EXCLUYENDO LA COMPETENCIA DE PARQUES NACIONALES, así como librando a la Provincia a que pueda ENAJENAR ESTOS TERRENOS A SU VOLUNTAD.
No casualmente esta Ley se promulgó en DICIEMBRE DE 2001, momentos que recordaremos como tan especiales para reparar en un acto semejante.
Este año,2007, se llamó a licitación para el proyecto de “Pistas Provinciales”.
En el pliego de Bases y Condiciones, en su artículo 2º, se establece que la convocatoria tiene por objeto la concesión de una superficie de terreno de 270 Ha para la construcción, explotación y operación de un centro invernal en el área denominada “Las Provinciales”.
El emprendimiento contempla también la realización de un DESARROLLO INMOBILIARIO, sobre una superficie de hasta 100 Ha, dentro de las 270 Ha concedidas que son pertenecientes al patrimonio de todos los neuquinos y que SERAN CEDIDAS POR LA PROVINCIA a la Concesionaria ganadora de la Licitación.
Como se puede apreciar, esto contraviene el espíritu de la Ley 23.290 que dio origen a estas iniciativas.
En el Artículo 4º de esta Pliego se aclara que esta Cesión deberá ser refrendada mediante la sanción de una Ley Provincial, sin la cual quedará desestimado .el proyecto de concesión.
Por todo esto, queda claro que en un proyecto que se considera una necesidad y aspiración de nuestra comunidad, se esconde un NEGOCIO INMOBILIARIO de inmensas proporciones y devastadores resultados ecológicos para nuestra comunidad.
Tengamos en cuenta que si estas tierras pasaran a ser propiedad privada, su nuevo “dueño” las podría talar, vender, hipotecar, explotar,…
Hablamos de un suelo no rocoso de gran fragilidad, altamente inestable ante la pérdida de su cobertura vegetal.
Con una rápida lectura nos daremos cuenta que estamos ante posibilidad de un importante quiebre de nuestro Ecosistema, con consecuencias lamentablemente predecibles y muy cercanas en el tiempo.
Todo está fundamentado en que el único proyecto inmobiliario presentado propone:
3 Hoteles
1 Spa
1 Centro de Convenciones
1 Pista de esquí sobre hielo
1 Clínica con quirófano
1 Estadio polideportivo
340 departamentos
90 Casas
Semejante nivel de construcción solo se podría llevar a cabo con un desmonte casi total, cualquier falla produciría la contaminación del Río Bonito y si este Sistema Natural sufriera alteraciones de cualquier tipo, ocasionaría graves consecuencias ambientales, sociales y económicas tales como:
Aluviones
Derrumbes
Falta de agua
Inundaciones en áreas bajas
Contaminación de las napas
Contaminación de aguas lacustres
Como miembros de la Organización No Gubernamental ALERTA ANGOSTURA, Personería Municipal N° 23 hemos decidido llevar a cabo varias acciones:
Ya llevamos realizadas dos Asambleas Populares que contaron con la presencia de numerosos vecinos.
Convocamos a una nueva Asamblea Popular para el próximo viernes 5 de octubre, a las 20 hs., en la Escuela N° 341 del barrio El Mallín que contará con la presencia de Diputados Provinciales.
Convocamos a un ABRAZO AL RÍO BONITO para el sábado 6 de octubre a las 14 hs.
Hemos pedido una entrevista a la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable de la Legislatura de la Provincia del Neuquén.
Hemos tomado contacto para dar a conocer esta información al Concejo Deliberante local, Intendente electo de Villa La Angostura, Gobernador electo de la Provincia y medios de comunicación, locales, regionales y nacionales.
Para ampliar la información de esta gacetilla, contactarse con
alertaangostura@gmail
por ong ALERTA ANGOSTURA
Personería Municipal N° 23
Emilia Edelstein, Presidente
02944 494 602
02944 15 31 5510
ALERTA ANGOSTURA INFORMA
Esto está pasando en Villa La Angostura, Provincia del Neuquén.
Para tener una idea completa de cómo se llegó a la situación actual, recordemos que el proyecto de “Pistas Provinciales Cerro Bayo”, surgió como iniciativa del municipio angosturense, antes de 1985.
En noviembre de ese mismo año, se posibilitó la construcción de un “Centro de Deportes Invernales para la práctica de esquí, y las obras de infraestructura turísticas necesarias”, a través de la sanción de la Ley 23.290, donde también se estableció que la Provincia del Neuquén no puede enajenar estas tierras que estarían bajo el control de Parques Nacionales.
Por Ley 25.553 se cedió esta superficie a la Provincia del Neuquén, pero EXCLUYENDO LA COMPETENCIA DE PARQUES NACIONALES, así como librando a la Provincia a que pueda ENAJENAR ESTOS TERRENOS A SU VOLUNTAD.
No casualmente esta Ley se promulgó en DICIEMBRE DE 2001, momentos que recordaremos como tan especiales para reparar en un acto semejante.
Este año,2007, se llamó a licitación para el proyecto de “Pistas Provinciales”.
En el pliego de Bases y Condiciones, en su artículo 2º, se establece que la convocatoria tiene por objeto la concesión de una superficie de terreno de 270 Ha para la construcción, explotación y operación de un centro invernal en el área denominada “Las Provinciales”.
El emprendimiento contempla también la realización de un DESARROLLO INMOBILIARIO, sobre una superficie de hasta 100 Ha, dentro de las 270 Ha concedidas que son pertenecientes al patrimonio de todos los neuquinos y que SERAN CEDIDAS POR LA PROVINCIA a la Concesionaria ganadora de la Licitación.
Como se puede apreciar, esto contraviene el espíritu de la Ley 23.290 que dio origen a estas iniciativas.
En el Artículo 4º de esta Pliego se aclara que esta Cesión deberá ser refrendada mediante la sanción de una Ley Provincial, sin la cual quedará desestimado .el proyecto de concesión.
Por todo esto, queda claro que en un proyecto que se considera una necesidad y aspiración de nuestra comunidad, se esconde un NEGOCIO INMOBILIARIO de inmensas proporciones y devastadores resultados ecológicos para nuestra comunidad.
Tengamos en cuenta que si estas tierras pasaran a ser propiedad privada, su nuevo “dueño” las podría talar, vender, hipotecar, explotar,…
Hablamos de un suelo no rocoso de gran fragilidad, altamente inestable ante la pérdida de su cobertura vegetal.
Con una rápida lectura nos daremos cuenta que estamos ante posibilidad de un importante quiebre de nuestro Ecosistema, con consecuencias lamentablemente predecibles y muy cercanas en el tiempo.
Todo está fundamentado en que el único proyecto inmobiliario presentado propone:
3 Hoteles
1 Spa
1 Centro de Convenciones
1 Pista de esquí sobre hielo
1 Clínica con quirófano
1 Estadio polideportivo
340 departamentos
90 Casas
Semejante nivel de construcción solo se podría llevar a cabo con un desmonte casi total, cualquier falla produciría la contaminación del Río Bonito y si este Sistema Natural sufriera alteraciones de cualquier tipo, ocasionaría graves consecuencias ambientales, sociales y económicas tales como:
Aluviones
Derrumbes
Falta de agua
Inundaciones en áreas bajas
Contaminación de las napas
Contaminación de aguas lacustres
Como miembros de la Organización No Gubernamental ALERTA ANGOSTURA, Personería Municipal N° 23 hemos decidido llevar a cabo varias acciones:
Ya llevamos realizadas dos Asambleas Populares que contaron con la presencia de numerosos vecinos.
Convocamos a una nueva Asamblea Popular para el próximo viernes 5 de octubre, a las 20 hs., en la Escuela N° 341 del barrio El Mallín que contará con la presencia de Diputados Provinciales.
Convocamos a un ABRAZO AL RÍO BONITO para el sábado 6 de octubre a las 14 hs.
Hemos pedido una entrevista a la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable de la Legislatura de la Provincia del Neuquén.
Hemos tomado contacto para dar a conocer esta información al Concejo Deliberante local, Intendente electo de Villa La Angostura, Gobernador electo de la Provincia y medios de comunicación, locales, regionales y nacionales.
Para ampliar la información de esta gacetilla, contactarse con
alertaangostura@gmail
por ong ALERTA ANGOSTURA
Personería Municipal N° 23
Emilia Edelstein, Presidente
02944 494 602
02944 15 31 5510
Carta a la Comunidad 2007
A la comunidad de Villa La Angostura, al Honorable Concejo Deliberante, a los dirigentes políticos, a los representantes de las instituciones intermedias, a quiénes nos gobiernan en este momento y a los que nos van a gobernar a partir del 10 de diciembre:
Como ya empieza a ser de público conocimiento y ante la apertura de la licitación de “LAS PROVINCIALES”, nos cuestionamos, luego de tomar contacto con el pliego de la misma, ¿cómo es que cabe la posibilidad de regalar tierras para un proyecto inmobiliario?
¿Van a hacer casas y las van a alquilar o vender cuando el Estado (nosotros) les dio las tierras gratis?
¿Cómo tiene que ser un proyecto inmobiliario para justificar la cesión de tierras?
¿Por qué a nosotros, simples ciudadanos, nadie nos regala tierras para que hagamos emprendimientos inmobiliarios?
¿Se cede la propiedad de las tierras o es una concesión?
¿De qué agua, de qué gas y de qué energía eléctrica se va a disponer para el emprendimiento, de lo poco que tenemos y que vamos a necesitar en la Villa?
¿Podremos pedir a la Honorable Legislatura que no convalide el proceso de adjudicación si es contrario a los intereses de los habitantes de la Villa?
¿Quién decide sobre manejo, conservación y preservación del medio ambiente?
Donde el pliego dice: las superficies que no podrán ser intervenidas... ¿cuáles son? ¿lo decide la provincia o el concesionario?
Según la redacción de la licitación ¿los vecinos afectados directamente (linderos) somos los 15.000 habitantes de la Villa?
¿Podrán hacer un country club, un resort de 1000 plazas con casino, un shopping con vaya a saber cuantos locales?
Si esto se confirma ¿donde está el beneficio para la localidad? ¿suponen que con mayor disponibilidad de hospedaje en la montaña se va a superar el magro porcentaje de ocupación de las temporadas invernales?
Una buena…: se menciona el contexto de la localidad pero ¿nos van a preguntar o harán el análisis que les cierre mejor?
Si los oferentes deben realizar estudios sobre la factibilidad legal y técnica, nosotros (los habitantes de la Villa) también tenemos que hacerlo por nuestra cuenta para constatar si nos va a beneficiar o no.
¿Podemos pedir que se nos consulte sobre el plan de gestión ambiental ya que va a tener consecuencias sobre nuestro ecosistema?
¿Cómo podemos creer en el análisis de riesgo ambiental que haga el concesionario?
Según se escribe en el pliego en cuestión el riesgo es hídrico, geológico y climático, entonces ¿está en juego la vida de nuestros bosques y ni se los menciona?
¿Si nunca pagarán impuestos al sellado de contratos y no pagarán ingresos brutos por 10 años ¿los que alquilen locales para servicios, tampoco los van a pagar?
¿Porqué no hay especificaciones sobre el desarrollo inmobiliario? Sobre el total de 86 más 28 páginas de los documentos, el subproyecto 2 ocupa 7 renglones, entonces…
¿es que van a poder hacer lo que quieran con las tierras que les regalan?
El subproyecto 1 (lo concesionado) se devuelve a la provincia despues de 35 años ¿no es mucho tiempo?
“Si bien el predio se encuentra ubicado fuera del ejido de Villa La Angostura, los proyectos respetarán las reglamentaciones de la Municipalidad de Villa La Angostura, en especial las correspondientes a usos y ocupación del suelo, morfología edilicia, uso de materiales, etc. Supletoriamente se utilizará la reglamentación provincial.”
Si se respetaran las reglamentaciones de la Villa los oferentes tendrían que pedir muchas excepciones a la Ordenanza 1414 ya que todo el predio está ubicado en la Banda Bosque. ¿Cómo se entenderá el término: supletoriamente?
“Se deberá cumplir con la normativa ambiental vigente en la jurisdicción del predio a concesionar”
¿Cuál será considerada como la jurisdicción para la normativa de aplicación?
¿La nuestra, con sus ordenanzas tan restrictivas?
“El Adjudicatario está obligado a ejecutar los trámites, abonar las tasas y ejecutar los planos y demás documentos que exijan los Organismos Nacionales, Provinciales, Municipales y/o Empresas Privadas prestadoras de Servicios para la ejecución de las Obras o Instalaciones incluidas en las obras licitadas, durante todo el plazo de la concesión.”
¿Será nuestro Municipio el que controle la ejecución de la obra?
Estas son algunas de las preguntas que nos hacemos como ciudadanos comunes frente a
este nuevo mega emprendimiento.
Las difundimos para que los que tengan respuestas nos las vayan dando y logren así,
informar y aclarar las dudas que van surgiendo en la comunidad.
Por la Organización No Gubernamental ALERTA ANGOSTURA:
Emilia Edelstein LC 4.436.285
Diego Figueroa Alcorta DNI 12.046.022
Patricio Raposo DNI 10.360.991
Claudio Gustavo Gallo DNI 12.464.988
Laura García Rodríguez DNI 23.157.667
Alejandro Walter Rey DNI 16.546.250
Como ya empieza a ser de público conocimiento y ante la apertura de la licitación de “LAS PROVINCIALES”, nos cuestionamos, luego de tomar contacto con el pliego de la misma, ¿cómo es que cabe la posibilidad de regalar tierras para un proyecto inmobiliario?
¿Van a hacer casas y las van a alquilar o vender cuando el Estado (nosotros) les dio las tierras gratis?
¿Cómo tiene que ser un proyecto inmobiliario para justificar la cesión de tierras?
¿Por qué a nosotros, simples ciudadanos, nadie nos regala tierras para que hagamos emprendimientos inmobiliarios?
¿Se cede la propiedad de las tierras o es una concesión?
¿De qué agua, de qué gas y de qué energía eléctrica se va a disponer para el emprendimiento, de lo poco que tenemos y que vamos a necesitar en la Villa?
¿Podremos pedir a la Honorable Legislatura que no convalide el proceso de adjudicación si es contrario a los intereses de los habitantes de la Villa?
¿Quién decide sobre manejo, conservación y preservación del medio ambiente?
Donde el pliego dice: las superficies que no podrán ser intervenidas... ¿cuáles son? ¿lo decide la provincia o el concesionario?
Según la redacción de la licitación ¿los vecinos afectados directamente (linderos) somos los 15.000 habitantes de la Villa?
¿Podrán hacer un country club, un resort de 1000 plazas con casino, un shopping con vaya a saber cuantos locales?
Si esto se confirma ¿donde está el beneficio para la localidad? ¿suponen que con mayor disponibilidad de hospedaje en la montaña se va a superar el magro porcentaje de ocupación de las temporadas invernales?
Una buena…: se menciona el contexto de la localidad pero ¿nos van a preguntar o harán el análisis que les cierre mejor?
Si los oferentes deben realizar estudios sobre la factibilidad legal y técnica, nosotros (los habitantes de la Villa) también tenemos que hacerlo por nuestra cuenta para constatar si nos va a beneficiar o no.
¿Podemos pedir que se nos consulte sobre el plan de gestión ambiental ya que va a tener consecuencias sobre nuestro ecosistema?
¿Cómo podemos creer en el análisis de riesgo ambiental que haga el concesionario?
Según se escribe en el pliego en cuestión el riesgo es hídrico, geológico y climático, entonces ¿está en juego la vida de nuestros bosques y ni se los menciona?
¿Si nunca pagarán impuestos al sellado de contratos y no pagarán ingresos brutos por 10 años ¿los que alquilen locales para servicios, tampoco los van a pagar?
¿Porqué no hay especificaciones sobre el desarrollo inmobiliario? Sobre el total de 86 más 28 páginas de los documentos, el subproyecto 2 ocupa 7 renglones, entonces…
¿es que van a poder hacer lo que quieran con las tierras que les regalan?
El subproyecto 1 (lo concesionado) se devuelve a la provincia despues de 35 años ¿no es mucho tiempo?
“Si bien el predio se encuentra ubicado fuera del ejido de Villa La Angostura, los proyectos respetarán las reglamentaciones de la Municipalidad de Villa La Angostura, en especial las correspondientes a usos y ocupación del suelo, morfología edilicia, uso de materiales, etc. Supletoriamente se utilizará la reglamentación provincial.”
Si se respetaran las reglamentaciones de la Villa los oferentes tendrían que pedir muchas excepciones a la Ordenanza 1414 ya que todo el predio está ubicado en la Banda Bosque. ¿Cómo se entenderá el término: supletoriamente?
“Se deberá cumplir con la normativa ambiental vigente en la jurisdicción del predio a concesionar”
¿Cuál será considerada como la jurisdicción para la normativa de aplicación?
¿La nuestra, con sus ordenanzas tan restrictivas?
“El Adjudicatario está obligado a ejecutar los trámites, abonar las tasas y ejecutar los planos y demás documentos que exijan los Organismos Nacionales, Provinciales, Municipales y/o Empresas Privadas prestadoras de Servicios para la ejecución de las Obras o Instalaciones incluidas en las obras licitadas, durante todo el plazo de la concesión.”
¿Será nuestro Municipio el que controle la ejecución de la obra?
Estas son algunas de las preguntas que nos hacemos como ciudadanos comunes frente a
este nuevo mega emprendimiento.
Las difundimos para que los que tengan respuestas nos las vayan dando y logren así,
informar y aclarar las dudas que van surgiendo en la comunidad.
Por la Organización No Gubernamental ALERTA ANGOSTURA:
Emilia Edelstein LC 4.436.285
Diego Figueroa Alcorta DNI 12.046.022
Patricio Raposo DNI 10.360.991
Claudio Gustavo Gallo DNI 12.464.988
Laura García Rodríguez DNI 23.157.667
Alejandro Walter Rey DNI 16.546.250
Resúmen al Legislativo 30/09/07
Villa La Angostura, 30 de septiembre de 2007
Al Sr. Presidente de la Comisión de Medio Ambiente,
Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable
Sr.Mirco Suste
______________________________________________
Ref.: “Proyecto Pistas Provinciales, Cerro Bayo UTE”
Con relación al tema de referencia ponemos en su conocimiento lo siguiente:
• El proyecto de “Pistas Provinciales Cerro Bayo” surge como iniciativa del Municipio de Villa La Angostura en 1985, con la participación de numerosas entidades intermedias en la planificación y redacción del proyecto. Se elevó a las autoridades Provinciales, para que los legisladores mediante una ley Nacional lograran la desafectación de la superficie de tierra requerida para el proyecto, del Dominio Público Nacional (Parque Nacional Nahuel Huapi).
• En el mes de Noviembre de 1985 se sanciona la Ley 23.290 que modifica los límites del Parque Nahuel Huapi y desafecta del Dominio Público Nacional una superficie de 270,5 Ha. para la construcción de un “Centro de Deportes Invernales para la práctica del esquí y las obras de infraestructura turística necesarias”. En esta ley se establecieron cargos como la no enajenación y que la Administración de Parques Nacionales se reservaba la posibilidad de observar los planos y proyecto de centro de esquí. La Provincia tenía la obligación de aceptar las observaciones.
• En el mes de Diciembre de 2001, se promulga de hecho la Ley 25.553 que mantiene la superficie desafectada del Dominio Público Nacional y cedida a título gratuito a la Provincia de Neuquén por la ley 23.290, pero excluye totalmente la competencia de la Administración de Parques Nacionales, es decir, que ya no es necesario para la realización del proyecto contar con la aprobación de la Administración de Parques Nacionales y también excluye el cargo de no enajenación.
• Con la ley 25.553 y en base a la jurisdicción exclusiva de la Provincia del Neuquén se llama a licitación para el proyecto de “PISTAS PROVINCIALES”, se dictan los siguientes Actos Administrativos, para la recepción de oferentes:
- PLIEGO PARTICULAR DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS – Contiene todos y cada uno de los requerimientos, controles, especificaciones para la realización de las pistas de esquí, medios de elevación e infraestructura del centro invernal. Determinando que la superficie es de 270,5ha, sin ninguna discriminación o distinción.
- PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES - En este pliego en el artículo segundo se establece que: “La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de una superficie de terreno con destino al montaje, construcción, explotación y operación de un Centro Invernal en el área denominada “LAS PROVINCIALES”... La Provincia se obliga a no realizar por si o a través de terceros ningún tipo de explotación – comercial, industrial, turística de servicios, etc. ni a conceder derechos reales o personales (uso, servidumbre, etc.) dentro del área mencionada en el presente artículo, durante todo el tiempo que dure la concesión.
El emprendimiento contempla la realización de dos subproyectos complementarios:
1) Construcción y explotación de un centro de esquí y actividades de montaña en el Cerro Bayo (ladera denominada Provinciales) en tierras pertenecientes a la Provincia del Neuquén; y
2) Desarrollo inmobiliario sobre una superficie máxima de hasta cien (100 hectáreas), dentro del área de concesión, pertenecientes a la Provincia del Neuquén, y a ceder por ésta en propiedad a la Sociedad Anónima Concesionaria siempre que el proyecto inmobiliario lo justifique.”
Respecto al Subproyecto Uno: Corresponde el 99% de todo lo escrito en el pliego teniendo además una característica especial, en cuanto al área a concesionar, la sujeta a la Reglamentación sobre el uso y ocupación del suelo vigente en el Municipio de Villa La Angostura. En él se mantienen las restricciones respecto a: no enajenar; no establecer derechos reales o personales.
Respecto al Subproyecto Dos (Desarrollo Inmobiliario): Lo único que dice es que se va a dictar una Ley Especial por parte de la Legislatura Provincial que va a permitir ceder en propiedad hasta 100 hectáreas a la Sociedad Anónima Adjudicataria.
En el artículo 4to. del Pliego de Bases y Condiciones establece que “Por incluir el presente llamado a licitación la cesión en propiedad de tierras del dominio provincial, LA ADJUDICACIÓN de la concesión se perfeccionará con acuerdo de la Honorable Legislatura, mediante la sanción de una ley especial que convalide el proceso. La falta de dictado y/o promulgación de esta Ley, implicará la imposibilidad de la adjudicación de la presente licitación, sin que ello pueda dar lugar a reclamo o indemnización alguna por parte de los proponentes”.
• En definitiva en un proyecto que fuera una necesidad y aspiración de toda una comunidad “PISTAS PROVINCIALES”, se esconde un negocio inmobiliario que implica: comprometer la conducta del Poder Legislativo Provincial, llevándolo a la sanción de una Ley absolutamente Inconstitucional ya que:
1) La sanción de la ley especial de la legislatura que requiere el Pliego de Bases y Condiciones va a permitir desafectar del Dominio Público Provincial y pasarlo al Dominio Privado 100 Ha. de lo que originalmente constituyera “PARQUE NACIONAL NAHUEL HUAPI”.
2) No hay que olvidar que la desafectación del Dominio Público de las 100 Ha. Es de una porción de tierra que estaba especialmente resguardada mediante la ley 22.352 “Ley de Parques Nacionales” “Artículo 4to dice: Podrá declararse Parque Nacionales aquellas zonas ...que por sus extraordinarias bellezas o riquezas en flora y fauna autóctona o en razón de un interés científico determinado, deban ser protegidas y conservadas...” y que se le cedió a la Provincia de Neuquén para la realización del Proyecto Turístico “Pistas Provinciales” y no para un negocio inmobiliario o para pasarlo al dominio privado.
3) Al pasar dicha porción de tierra a ser propiedad privada es evidente que las limitaciones del domino público ya no van a existir por lo que podrá venderse, hipotecarse, someterla a cualquier derecho real y explotación que de ninguna manera puede justificarse.
4) La desafectación e imposibilidad de control alguno sobre la explotación por parte de la Provincia o el Municipio de dicha porción de tierra, que pasa a ser propiedad privada, implica una grosera violación de toda la normativa ambiental vigente: Constitución Nacional art.41; Ley general del Ambiente 25.675; Constitución Provincial art. 90 a 104 y concordantes; Ley 1.875 de la Provincia de Neuquén.
• Toda la faz urbanística del proyecto que nos ocupa se desarrollará sobre una superficie aproximada de 150 Ha, entre la cota 1.050 y 1.450 msnm. Allí el suelo presenta una pendiente media de casi 30°. Un relevamiento realizado sobre la cota 1.100 msnm, arrojó una densidad media de 500 árboles por hectárea, con una altura media de 40 m y un diámetro de 50 cm (dap.); el suelo no es rocoso, por el contrario, es de una alta fragilidad dependiendo exclusivamente de la cubierta vegetal, que lo protege de los fuertes vientos en altura y de las intensas precipitaciones.
• El proyecto, excluídos los medios de elevación y la infraestructura de servicios para funcionamiento de estos, propone la construcción de 3 hoteles, un spa, centro de convenciones, centro de estudios, pista de esquí sobre hielo, estadio polideportivo, clínica con quirófano, dependencias de apoyo y 340 departamentos más 90 casas. Éstas representan al menos 100 edificios de entre 200 y 6.000 m2 por unidad, diseminados en el bosque. Esto es 100 edificaciones distribuidas en tan sólo 150 Ha. a las que necesariamente habrá que llegar con caminos vehiculares que debido a las pronunciadas pendientes y la fragilidad del suelo se extenderán en travesía por varios miles de metros. El desmonte que todo esto supone, es casi total. ¿Podemos pensar que nada grave ocurrirá?
• Cualquier pequeña falla en algunos de los sistemas de tratamiento, producirá la contaminación del agua del Río Bonito; esto podría provocar serias alteraciones a la fauna ictícola que habita y utiliza este río para reproducirse. Pero esto no sería lo peor, lo grave es que las aguas contaminadas pasarán directamente al consumo domiciliario del vecindario de Puerto Manzano, dado que el bombeo de agua para servir a todo ese barrio está instalado sobre el Río Bonito.
• El desarrollo de toda esta infraestructura edilicia estará ubicado en una zona caracterizada con mayor índice de riesgo ante la ocurrencia de incendios de interfase, esto se desprende de la “Guía Para la Prevención de Incendios de Interfase, elaborada luego de un año de investigación en Villa La Angostura por expertos del Servicio Forestal de British Columbia, Canadá.
Estamos a vuestra disposición para ampliar los aspectos de este informe o aclarar las dudas que se susciten, agradecemos la atención dispensada y saludamos muy atentamente.
Por organización no gubernamental ALERTA ANGOSTURA
Personería Municipal N°23 de Villa La Angostura
Emilia Edelstein, Presidente
Diego Figueroa Alcorta, Secretario
Al Sr. Presidente de la Comisión de Medio Ambiente,
Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable
Sr.Mirco Suste
______________________________________________
Ref.: “Proyecto Pistas Provinciales, Cerro Bayo UTE”
Con relación al tema de referencia ponemos en su conocimiento lo siguiente:
• El proyecto de “Pistas Provinciales Cerro Bayo” surge como iniciativa del Municipio de Villa La Angostura en 1985, con la participación de numerosas entidades intermedias en la planificación y redacción del proyecto. Se elevó a las autoridades Provinciales, para que los legisladores mediante una ley Nacional lograran la desafectación de la superficie de tierra requerida para el proyecto, del Dominio Público Nacional (Parque Nacional Nahuel Huapi).
• En el mes de Noviembre de 1985 se sanciona la Ley 23.290 que modifica los límites del Parque Nahuel Huapi y desafecta del Dominio Público Nacional una superficie de 270,5 Ha. para la construcción de un “Centro de Deportes Invernales para la práctica del esquí y las obras de infraestructura turística necesarias”. En esta ley se establecieron cargos como la no enajenación y que la Administración de Parques Nacionales se reservaba la posibilidad de observar los planos y proyecto de centro de esquí. La Provincia tenía la obligación de aceptar las observaciones.
• En el mes de Diciembre de 2001, se promulga de hecho la Ley 25.553 que mantiene la superficie desafectada del Dominio Público Nacional y cedida a título gratuito a la Provincia de Neuquén por la ley 23.290, pero excluye totalmente la competencia de la Administración de Parques Nacionales, es decir, que ya no es necesario para la realización del proyecto contar con la aprobación de la Administración de Parques Nacionales y también excluye el cargo de no enajenación.
• Con la ley 25.553 y en base a la jurisdicción exclusiva de la Provincia del Neuquén se llama a licitación para el proyecto de “PISTAS PROVINCIALES”, se dictan los siguientes Actos Administrativos, para la recepción de oferentes:
- PLIEGO PARTICULAR DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS – Contiene todos y cada uno de los requerimientos, controles, especificaciones para la realización de las pistas de esquí, medios de elevación e infraestructura del centro invernal. Determinando que la superficie es de 270,5ha, sin ninguna discriminación o distinción.
- PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES - En este pliego en el artículo segundo se establece que: “La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de una superficie de terreno con destino al montaje, construcción, explotación y operación de un Centro Invernal en el área denominada “LAS PROVINCIALES”... La Provincia se obliga a no realizar por si o a través de terceros ningún tipo de explotación – comercial, industrial, turística de servicios, etc. ni a conceder derechos reales o personales (uso, servidumbre, etc.) dentro del área mencionada en el presente artículo, durante todo el tiempo que dure la concesión.
El emprendimiento contempla la realización de dos subproyectos complementarios:
1) Construcción y explotación de un centro de esquí y actividades de montaña en el Cerro Bayo (ladera denominada Provinciales) en tierras pertenecientes a la Provincia del Neuquén; y
2) Desarrollo inmobiliario sobre una superficie máxima de hasta cien (100 hectáreas), dentro del área de concesión, pertenecientes a la Provincia del Neuquén, y a ceder por ésta en propiedad a la Sociedad Anónima Concesionaria siempre que el proyecto inmobiliario lo justifique.”
Respecto al Subproyecto Uno: Corresponde el 99% de todo lo escrito en el pliego teniendo además una característica especial, en cuanto al área a concesionar, la sujeta a la Reglamentación sobre el uso y ocupación del suelo vigente en el Municipio de Villa La Angostura. En él se mantienen las restricciones respecto a: no enajenar; no establecer derechos reales o personales.
Respecto al Subproyecto Dos (Desarrollo Inmobiliario): Lo único que dice es que se va a dictar una Ley Especial por parte de la Legislatura Provincial que va a permitir ceder en propiedad hasta 100 hectáreas a la Sociedad Anónima Adjudicataria.
En el artículo 4to. del Pliego de Bases y Condiciones establece que “Por incluir el presente llamado a licitación la cesión en propiedad de tierras del dominio provincial, LA ADJUDICACIÓN de la concesión se perfeccionará con acuerdo de la Honorable Legislatura, mediante la sanción de una ley especial que convalide el proceso. La falta de dictado y/o promulgación de esta Ley, implicará la imposibilidad de la adjudicación de la presente licitación, sin que ello pueda dar lugar a reclamo o indemnización alguna por parte de los proponentes”.
• En definitiva en un proyecto que fuera una necesidad y aspiración de toda una comunidad “PISTAS PROVINCIALES”, se esconde un negocio inmobiliario que implica: comprometer la conducta del Poder Legislativo Provincial, llevándolo a la sanción de una Ley absolutamente Inconstitucional ya que:
1) La sanción de la ley especial de la legislatura que requiere el Pliego de Bases y Condiciones va a permitir desafectar del Dominio Público Provincial y pasarlo al Dominio Privado 100 Ha. de lo que originalmente constituyera “PARQUE NACIONAL NAHUEL HUAPI”.
2) No hay que olvidar que la desafectación del Dominio Público de las 100 Ha. Es de una porción de tierra que estaba especialmente resguardada mediante la ley 22.352 “Ley de Parques Nacionales” “Artículo 4to dice: Podrá declararse Parque Nacionales aquellas zonas ...que por sus extraordinarias bellezas o riquezas en flora y fauna autóctona o en razón de un interés científico determinado, deban ser protegidas y conservadas...” y que se le cedió a la Provincia de Neuquén para la realización del Proyecto Turístico “Pistas Provinciales” y no para un negocio inmobiliario o para pasarlo al dominio privado.
3) Al pasar dicha porción de tierra a ser propiedad privada es evidente que las limitaciones del domino público ya no van a existir por lo que podrá venderse, hipotecarse, someterla a cualquier derecho real y explotación que de ninguna manera puede justificarse.
4) La desafectación e imposibilidad de control alguno sobre la explotación por parte de la Provincia o el Municipio de dicha porción de tierra, que pasa a ser propiedad privada, implica una grosera violación de toda la normativa ambiental vigente: Constitución Nacional art.41; Ley general del Ambiente 25.675; Constitución Provincial art. 90 a 104 y concordantes; Ley 1.875 de la Provincia de Neuquén.
• Toda la faz urbanística del proyecto que nos ocupa se desarrollará sobre una superficie aproximada de 150 Ha, entre la cota 1.050 y 1.450 msnm. Allí el suelo presenta una pendiente media de casi 30°. Un relevamiento realizado sobre la cota 1.100 msnm, arrojó una densidad media de 500 árboles por hectárea, con una altura media de 40 m y un diámetro de 50 cm (dap.); el suelo no es rocoso, por el contrario, es de una alta fragilidad dependiendo exclusivamente de la cubierta vegetal, que lo protege de los fuertes vientos en altura y de las intensas precipitaciones.
• El proyecto, excluídos los medios de elevación y la infraestructura de servicios para funcionamiento de estos, propone la construcción de 3 hoteles, un spa, centro de convenciones, centro de estudios, pista de esquí sobre hielo, estadio polideportivo, clínica con quirófano, dependencias de apoyo y 340 departamentos más 90 casas. Éstas representan al menos 100 edificios de entre 200 y 6.000 m2 por unidad, diseminados en el bosque. Esto es 100 edificaciones distribuidas en tan sólo 150 Ha. a las que necesariamente habrá que llegar con caminos vehiculares que debido a las pronunciadas pendientes y la fragilidad del suelo se extenderán en travesía por varios miles de metros. El desmonte que todo esto supone, es casi total. ¿Podemos pensar que nada grave ocurrirá?
• Cualquier pequeña falla en algunos de los sistemas de tratamiento, producirá la contaminación del agua del Río Bonito; esto podría provocar serias alteraciones a la fauna ictícola que habita y utiliza este río para reproducirse. Pero esto no sería lo peor, lo grave es que las aguas contaminadas pasarán directamente al consumo domiciliario del vecindario de Puerto Manzano, dado que el bombeo de agua para servir a todo ese barrio está instalado sobre el Río Bonito.
• El desarrollo de toda esta infraestructura edilicia estará ubicado en una zona caracterizada con mayor índice de riesgo ante la ocurrencia de incendios de interfase, esto se desprende de la “Guía Para la Prevención de Incendios de Interfase, elaborada luego de un año de investigación en Villa La Angostura por expertos del Servicio Forestal de British Columbia, Canadá.
Estamos a vuestra disposición para ampliar los aspectos de este informe o aclarar las dudas que se susciten, agradecemos la atención dispensada y saludamos muy atentamente.
Por organización no gubernamental ALERTA ANGOSTURA
Personería Municipal N°23 de Villa La Angostura
Emilia Edelstein, Presidente
Diego Figueroa Alcorta, Secretario
Exposición César Díaz 25/09/07
EXPOSICIÓN PROVINCIALES
Para transmitir claramente esta exposición, es necesario comenzar a explicar desde un principio el proyecto de pistas provinciales; en primer lugar cabe señalar, que dicho proyecto no surge desde una iniciativa de la provincia, sino que nace en la gestión iniciada desde la comunidad de Villa La Angostura hace ya casi 25 años, durante los cuales, gobierno tras gobierno, se bregó ante las autoridades provinciales y nacionales para lograr la cesión de las tierras, con el fin de concretar un desarrollo integral del esquí en el Cerro Bayo.
Esto merece destacarse por dos razones: La primera, es remarcar aún en estos días, el acompañamiento casi absoluto de la comunidad al desarrollo de otro centro de esquí que permita ampliar y complementar la oferta en pistas y servicios, respecto de lo que actualmente se dispone.
La otra cuestión, es comprender que la provincia no desarrolló un proyecto y presentó ante las autoridades nacionales el pedido de cesión de tierras desde un enfoque propio, sino que lo hizo para satisfacer una demanda local, dado que (debido a la legislación) la municipalidad no tiene atribuciones para realizar este tipo de gestiones en forma directa ante la nación; o sea: es en función de esta circunstancia que la provincia acompaña al planteo de la localidad y colabora incluso poniendo a los organismos técnicos necesarios para desarrollar el proyecto “Desarrollo Integral del Centro de Esquí Cerro Bayo”, concluido en 1985, el cual se realizó contando con la sastisfacción de la comunidad y con el acompañamiento y apoyatura de la gestión municipal; todo esto termina derivando en la sanción de las leyes de cesión de las tierras, números 23.290 y 25.553.
Esa cuestión es central, pues así observamos que el desarrollo de las pistas de esquí provinciales no es un ofrecimiento que la provincia trae, sino que es un propósito propio del municipio, debiendo la provincia acompañar y actuar en función de la demanda local.
Ese fue el origen de la tierra que recibe la provincia, que no transfiere al municipio y sobre la cual llama luego a licitación incorporándose componentes totalmente contrapuestos con el planeamiento local, como lo es la urbanización de la banda bosque. Aquí vale hacer un “mea culpa” por el silencio de las autoridades municipales que han acompañado este proceso. Por esto es que hoy se discute una propuesta en la que además de 3 hoteles, 1 spa, centro de convenciones, centro de estudios, pista de esquí sobre hielo, estadio polideportivo, clínica con quirófano, dependencias de apoyo y 340 departamentos; pretende además construir 90 volúmenes (casas) donde sólo se podrían construir 6.
Esto termina actuando como detonante y hoy, la comunidad, en lugar de estar celebrando la cristalización de un viejo anhelo, debe ponerse de pié frente al peligro que significan el sobredimensionamiento urbanístico y las consecuencias socioeconómicas y ambientales de este proyecto.
Llegado a este punto, puede distinguirse que la cuestión ya no pasa por decidir si respetamos o no la banda bosque, igualmente, viene al caso conocer que esta no se estableció caprichosamente, sino que responde a los resultados de la consultoría “Propuesta de Alternativas de Gestión Urbanística de Villa La Angostura”, realizada a solicitud de la Municipalidad, quien la financió junto al Consejo Federal de Inversiones (C.F.I.). Para todo ese área se impusieron importantes restricciones, no para proteger al bosque exclusivamente, sino con un fin mayor, como lo es proteger al suelo con importantes pendientes en el faldeo de los cerros, atento a la fragilidad característica de los mismos debido a su composición; con el objetivo final de: Salvaguardar la seguridad de personas y bienes en las zonas bajas. Proteger la fisonomía boscosa de los faldeos como elemento paisajístico de alto valor. Y la calidad ambiental.
El tema central pasa por comprender que no permitir las intervenciones urbanísticas en los faldeos de los cerros, es un tema fundamental que excede a la cuestión ambiental de si tocamos o no tocamos el bosque; es necesario que se comprenda que la protección de la banda bosque, equivale a preservar la integridad y bienes de las personas que viven bajo la cota 850 msnm. Esto alcanza nada más ni nada menos que prácticamente a todos los barrios y áreas habitadas de nuestra localidad.
Este proyecto en particular (por su ubicación sobre el faldeo Este del Cerro Bayo), da la oportunidad de desentendernos y mirar para otro lado, ya que no será visto desde ningún lugar habitado hoy y sólo representa graves riesgos únicamente para los habitantes de Puerto Manzano. ¿Pero y mañana? O dentro de algunos años, cuando estemos como hoy padeciendo los efectos del fracaso de otra temporada. ¿Qué actitud tomaremos ante otro proyecto varias veces millonario que proponga realizar alguna urbanización o mega emprendimiento, pero sobre el faldeo Oeste, el que afecta directamente al área céntrica y a las zonas más densamente pobladas. ¿Lo aceptaremos. La respuesta anticipada es que para ese momento, la actitud no podrá ser otra que la que tomemos hoy; puesto que si hoy permitimos que se desarrolle el proyecto que cuestionamos, tal como está presentado, habremos con esto eliminado las reglas que hoy protegen nuestra seguridad, nuestros bienes y por si esto fuese poco, también protegen nuestro desarrollo sustentable, o sea, nuestro futuro.
Lo expuesto hasta aquí, debería ser argumento suficiente para que nuestra comunidad rechace este proyecto, pero igualmente vale la pena comentar algunos aspectos que servirán para comprender más acabadamente el desmedido impacto ambiental que ocasionará y los riesgos que se correrán.
Toda la faz urbanística de este proyecto se desarrollará sobre una superficie aproximada de 150 Ha, entre la cota 1.050 y 1.450 msnm. Allí el suelo presenta una pendiente media de casi 30°. Ese suelo está cubierto por un denso bosque de Coihues y Lengas; un relevamiento realizado sobre la cota 1.100 msnm, arrojó una densidad media de 500 árboles por hectárea, con una altura media de 40 m y un diámetro de 50 cm (dap); el suelo no es rocoso, por el contrario, es de una alta fragilidad, compuesto por arenas volcánicas cubierta por una delgada capa de humus; la estabilidad de este suelo depende exclusivamente de la cubierta vegetal, que lo protege de los fuertes vientos en altura y de las intensas precipitaciones que, en esta localidad rondan los 2.000 mm anuales, registrándose días de mas de 100 mm. Como se puede evaluar, las condiciones para realizar cualquier obra, por mínima que fuese, son extremadamente delicadas.
Bajo tales condiciones, no hay que ser un experto para imaginar los daños ambientales que ocurrirán y los daños materiales que muy probablemente se causará a los habitantes y propietarios que se encuentran en la parte baja de la cuenca, a 500 m de desnivel.
El proyecto, excluidos los medios de elevación y la infraestructura de servicios para funcionamiento de estos, propone la ejecución de las edificaciones antes mencionadas (de acuerdo a lo expuesto por quiénes representan a Cerro Bayo, son al menos 100 edificios de entre 200 y 6.000 m2 por unidad), estas construcciones estarán diseminadas en el bosque. Esto es 100 edificaciones distribuidas en tan sólo 150 Ha. a las que necesariamente habrá que llegar con caminos vehiculares que debido a las pronunciadas pendientes y la fragilidad del suelo se extenderán en travesía por varios miles de metros. El desmonte que todo esto supone, es casi total. ¿Podemos pensar que nada grave ocurrirá?
Por si fuese poco, queda por considerar la contaminación del agua. Cualquier pequeña falla en algunos de los sistemas de tratamiento, producirá la contaminación del agua del Río Bonito; esto podría provocar serias alteraciones a la fauna ictícola que habita y utiliza este río para reproducirse. Pero esto no sería lo peor, lo grave es que las aguas contaminadas pasarán directamente al consumo domiciliario del vecindario de Puerto Manzano, dado que el bombeo de agua para servir a todo ese barrio está instalado sobre el Río Bonito.
Hay que agregar aún al despropósito que significa desarrollar semejante urbanización, en alturas superiores a los 1.100 msnm, en medio de un bosque con un dosel de 40 m de altura y en suelos con pendientes medias de 30°, que estará ubicado en una zona caracterizada con mayor índice de riesgo ante la ocurrencia de incendios de interfase, esto se desprende de la “Guía Para la Prevención de Incendios de Interfase, elaborada luego de un año de investigación en Villa La Angostura por expertos del Servicio Forestal de British Columbia, Canadá. Hoy casi todas las personas tienen una noción de las enormes pérdidas materiales y humanas que los incendios forestales pueden provocar. Esta urbanización debido a las características topográficas del lugar, la masa boscosa circundante y los vientos predominantes, quedará irremediablemente expuesta a consecuencias incalculables.
Amigos, yo creo que si no tomamos hoy una actitud decidida y exigimos el replanteo de este proyecto, es hoy el principio del fin.
Para transmitir claramente esta exposición, es necesario comenzar a explicar desde un principio el proyecto de pistas provinciales; en primer lugar cabe señalar, que dicho proyecto no surge desde una iniciativa de la provincia, sino que nace en la gestión iniciada desde la comunidad de Villa La Angostura hace ya casi 25 años, durante los cuales, gobierno tras gobierno, se bregó ante las autoridades provinciales y nacionales para lograr la cesión de las tierras, con el fin de concretar un desarrollo integral del esquí en el Cerro Bayo.
Esto merece destacarse por dos razones: La primera, es remarcar aún en estos días, el acompañamiento casi absoluto de la comunidad al desarrollo de otro centro de esquí que permita ampliar y complementar la oferta en pistas y servicios, respecto de lo que actualmente se dispone.
La otra cuestión, es comprender que la provincia no desarrolló un proyecto y presentó ante las autoridades nacionales el pedido de cesión de tierras desde un enfoque propio, sino que lo hizo para satisfacer una demanda local, dado que (debido a la legislación) la municipalidad no tiene atribuciones para realizar este tipo de gestiones en forma directa ante la nación; o sea: es en función de esta circunstancia que la provincia acompaña al planteo de la localidad y colabora incluso poniendo a los organismos técnicos necesarios para desarrollar el proyecto “Desarrollo Integral del Centro de Esquí Cerro Bayo”, concluido en 1985, el cual se realizó contando con la sastisfacción de la comunidad y con el acompañamiento y apoyatura de la gestión municipal; todo esto termina derivando en la sanción de las leyes de cesión de las tierras, números 23.290 y 25.553.
Esa cuestión es central, pues así observamos que el desarrollo de las pistas de esquí provinciales no es un ofrecimiento que la provincia trae, sino que es un propósito propio del municipio, debiendo la provincia acompañar y actuar en función de la demanda local.
Ese fue el origen de la tierra que recibe la provincia, que no transfiere al municipio y sobre la cual llama luego a licitación incorporándose componentes totalmente contrapuestos con el planeamiento local, como lo es la urbanización de la banda bosque. Aquí vale hacer un “mea culpa” por el silencio de las autoridades municipales que han acompañado este proceso. Por esto es que hoy se discute una propuesta en la que además de 3 hoteles, 1 spa, centro de convenciones, centro de estudios, pista de esquí sobre hielo, estadio polideportivo, clínica con quirófano, dependencias de apoyo y 340 departamentos; pretende además construir 90 volúmenes (casas) donde sólo se podrían construir 6.
Esto termina actuando como detonante y hoy, la comunidad, en lugar de estar celebrando la cristalización de un viejo anhelo, debe ponerse de pié frente al peligro que significan el sobredimensionamiento urbanístico y las consecuencias socioeconómicas y ambientales de este proyecto.
Llegado a este punto, puede distinguirse que la cuestión ya no pasa por decidir si respetamos o no la banda bosque, igualmente, viene al caso conocer que esta no se estableció caprichosamente, sino que responde a los resultados de la consultoría “Propuesta de Alternativas de Gestión Urbanística de Villa La Angostura”, realizada a solicitud de la Municipalidad, quien la financió junto al Consejo Federal de Inversiones (C.F.I.). Para todo ese área se impusieron importantes restricciones, no para proteger al bosque exclusivamente, sino con un fin mayor, como lo es proteger al suelo con importantes pendientes en el faldeo de los cerros, atento a la fragilidad característica de los mismos debido a su composición; con el objetivo final de: Salvaguardar la seguridad de personas y bienes en las zonas bajas. Proteger la fisonomía boscosa de los faldeos como elemento paisajístico de alto valor. Y la calidad ambiental.
El tema central pasa por comprender que no permitir las intervenciones urbanísticas en los faldeos de los cerros, es un tema fundamental que excede a la cuestión ambiental de si tocamos o no tocamos el bosque; es necesario que se comprenda que la protección de la banda bosque, equivale a preservar la integridad y bienes de las personas que viven bajo la cota 850 msnm. Esto alcanza nada más ni nada menos que prácticamente a todos los barrios y áreas habitadas de nuestra localidad.
Este proyecto en particular (por su ubicación sobre el faldeo Este del Cerro Bayo), da la oportunidad de desentendernos y mirar para otro lado, ya que no será visto desde ningún lugar habitado hoy y sólo representa graves riesgos únicamente para los habitantes de Puerto Manzano. ¿Pero y mañana? O dentro de algunos años, cuando estemos como hoy padeciendo los efectos del fracaso de otra temporada. ¿Qué actitud tomaremos ante otro proyecto varias veces millonario que proponga realizar alguna urbanización o mega emprendimiento, pero sobre el faldeo Oeste, el que afecta directamente al área céntrica y a las zonas más densamente pobladas. ¿Lo aceptaremos. La respuesta anticipada es que para ese momento, la actitud no podrá ser otra que la que tomemos hoy; puesto que si hoy permitimos que se desarrolle el proyecto que cuestionamos, tal como está presentado, habremos con esto eliminado las reglas que hoy protegen nuestra seguridad, nuestros bienes y por si esto fuese poco, también protegen nuestro desarrollo sustentable, o sea, nuestro futuro.
Lo expuesto hasta aquí, debería ser argumento suficiente para que nuestra comunidad rechace este proyecto, pero igualmente vale la pena comentar algunos aspectos que servirán para comprender más acabadamente el desmedido impacto ambiental que ocasionará y los riesgos que se correrán.
Toda la faz urbanística de este proyecto se desarrollará sobre una superficie aproximada de 150 Ha, entre la cota 1.050 y 1.450 msnm. Allí el suelo presenta una pendiente media de casi 30°. Ese suelo está cubierto por un denso bosque de Coihues y Lengas; un relevamiento realizado sobre la cota 1.100 msnm, arrojó una densidad media de 500 árboles por hectárea, con una altura media de 40 m y un diámetro de 50 cm (dap); el suelo no es rocoso, por el contrario, es de una alta fragilidad, compuesto por arenas volcánicas cubierta por una delgada capa de humus; la estabilidad de este suelo depende exclusivamente de la cubierta vegetal, que lo protege de los fuertes vientos en altura y de las intensas precipitaciones que, en esta localidad rondan los 2.000 mm anuales, registrándose días de mas de 100 mm. Como se puede evaluar, las condiciones para realizar cualquier obra, por mínima que fuese, son extremadamente delicadas.
Bajo tales condiciones, no hay que ser un experto para imaginar los daños ambientales que ocurrirán y los daños materiales que muy probablemente se causará a los habitantes y propietarios que se encuentran en la parte baja de la cuenca, a 500 m de desnivel.
El proyecto, excluidos los medios de elevación y la infraestructura de servicios para funcionamiento de estos, propone la ejecución de las edificaciones antes mencionadas (de acuerdo a lo expuesto por quiénes representan a Cerro Bayo, son al menos 100 edificios de entre 200 y 6.000 m2 por unidad), estas construcciones estarán diseminadas en el bosque. Esto es 100 edificaciones distribuidas en tan sólo 150 Ha. a las que necesariamente habrá que llegar con caminos vehiculares que debido a las pronunciadas pendientes y la fragilidad del suelo se extenderán en travesía por varios miles de metros. El desmonte que todo esto supone, es casi total. ¿Podemos pensar que nada grave ocurrirá?
Por si fuese poco, queda por considerar la contaminación del agua. Cualquier pequeña falla en algunos de los sistemas de tratamiento, producirá la contaminación del agua del Río Bonito; esto podría provocar serias alteraciones a la fauna ictícola que habita y utiliza este río para reproducirse. Pero esto no sería lo peor, lo grave es que las aguas contaminadas pasarán directamente al consumo domiciliario del vecindario de Puerto Manzano, dado que el bombeo de agua para servir a todo ese barrio está instalado sobre el Río Bonito.
Hay que agregar aún al despropósito que significa desarrollar semejante urbanización, en alturas superiores a los 1.100 msnm, en medio de un bosque con un dosel de 40 m de altura y en suelos con pendientes medias de 30°, que estará ubicado en una zona caracterizada con mayor índice de riesgo ante la ocurrencia de incendios de interfase, esto se desprende de la “Guía Para la Prevención de Incendios de Interfase, elaborada luego de un año de investigación en Villa La Angostura por expertos del Servicio Forestal de British Columbia, Canadá. Hoy casi todas las personas tienen una noción de las enormes pérdidas materiales y humanas que los incendios forestales pueden provocar. Esta urbanización debido a las características topográficas del lugar, la masa boscosa circundante y los vientos predominantes, quedará irremediablemente expuesta a consecuencias incalculables.
Amigos, yo creo que si no tomamos hoy una actitud decidida y exigimos el replanteo de este proyecto, es hoy el principio del fin.
Pedido al Intendente PNacNH 12/09/07
Villa La Angostura, 12 de setiembre de 2007
Al Señor Intendente del
Parque Nacional Nahuel Huapi
Lic. Juan Salguero
S.D
De nuestra consideración:
Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. como integrantes de la Organización No Gubernamental ALERTA ANGOSTURA de reciente creación.
Estamos preocupados por el crecimiento de nuestro pueblo y la aparición de grandes capitales que intentan desarrollar mega emprendimientos ajenos a nuestro perfil de aldea de montaña y que hasta ahora han sido rechazados por la comunidad.
En la actualidad estamos abocados al estudio de la licitación del Centro Turístico “Las Provinciales” ubicado en la ladera Norte del Cerro Bayo y lindero a nuestra Villa.
Las 270 Ha para el emprendimiento han sido cedidas por las Leyes Nacionales N° 23.290 de 1985, 24.302 de 1993 y 25.553 de 2001 a la Provincia del Neuquén para el desarrollo de un centro de ski y con la condición de que no sean enajenadas.
Esta licitación cede 100 Ha a los oferentes para realizar un desarrollo inmobiliario. Pedimos a Ud. asesoramiento sobre:
1€ si la Provincia del Neuquén puede enajenar esas tierras y
2 € la factibilidad de hacer una urbanización en una zona similar a la de la Banda Bosque de nuestro Ejido Urbano, la que tiene restricciones severas para la construcción, debido a su fragilidad.
Coincidimos con el espíritu de conservación que siempre ha caracterizado a la Administración de Parques Nacionales desde su creación y esperamos su ayuda para que Villa La Angostura, inserta dentro del Parque Nahuel Huapi, siga sus lineamientos en cuanto al cuidado del medio ambiente.
Saludamos a Ud. atentamente y estamos a su disposición.
Por ALERTA ANGOSTURA
alertaangostura@gmail.com
Emilia Edelstein 494 602 15 31 5510
Gerardo Ghioldi 494 037
Emilio Hernández 15 55 2458
Diego Figueroa Alcorta 494 851
Claudio Gallo 15 51 4486
Al Señor Intendente del
Parque Nacional Nahuel Huapi
Lic. Juan Salguero
S.D
De nuestra consideración:
Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. como integrantes de la Organización No Gubernamental ALERTA ANGOSTURA de reciente creación.
Estamos preocupados por el crecimiento de nuestro pueblo y la aparición de grandes capitales que intentan desarrollar mega emprendimientos ajenos a nuestro perfil de aldea de montaña y que hasta ahora han sido rechazados por la comunidad.
En la actualidad estamos abocados al estudio de la licitación del Centro Turístico “Las Provinciales” ubicado en la ladera Norte del Cerro Bayo y lindero a nuestra Villa.
Las 270 Ha para el emprendimiento han sido cedidas por las Leyes Nacionales N° 23.290 de 1985, 24.302 de 1993 y 25.553 de 2001 a la Provincia del Neuquén para el desarrollo de un centro de ski y con la condición de que no sean enajenadas.
Esta licitación cede 100 Ha a los oferentes para realizar un desarrollo inmobiliario. Pedimos a Ud. asesoramiento sobre:
1€ si la Provincia del Neuquén puede enajenar esas tierras y
2 € la factibilidad de hacer una urbanización en una zona similar a la de la Banda Bosque de nuestro Ejido Urbano, la que tiene restricciones severas para la construcción, debido a su fragilidad.
Coincidimos con el espíritu de conservación que siempre ha caracterizado a la Administración de Parques Nacionales desde su creación y esperamos su ayuda para que Villa La Angostura, inserta dentro del Parque Nahuel Huapi, siga sus lineamientos en cuanto al cuidado del medio ambiente.
Saludamos a Ud. atentamente y estamos a su disposición.
Por ALERTA ANGOSTURA
alertaangostura@gmail.com
Emilia Edelstein 494 602 15 31 5510
Gerardo Ghioldi 494 037
Emilio Hernández 15 55 2458
Diego Figueroa Alcorta 494 851
Claudio Gallo 15 51 4486
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